Anticipo En Línea Noticias: Condenan a un docente olavarriense acusado de abusar de una menor dentro de la EP N° 4

La sentencia se conoció este lunes en la ciudad de Azul. Además de la pena de prisión, que es de carácter condicional, el hombre fue inhabilitado – de por vida – a ejercer cargos docentes.


PH: NACHO CORREA/ARCHIVO/EL TIEMPO

Un juicio oral y público que se desarrolló en la ciudad de Azul terminó con la condena a un docente olavarriense acusado de abusar de una menor de edad dentro de la EP N° 4 de Olavarría.

«Después de ocho años de lucha hoy podemos decir que se hizo justicia», comenzó diciendo la Asociación Civil en el mediodía de este lunes al dar a conocer la resolución judicial que adoptó el doctor Dr. Martín Eugenio Céspedes al frente del Tribunal Oral y Criminal N° 1 de la ciudad de Azul.

Luego de varias jornadas de debate, la justicia consideró que Luis Alberto Batallan es autor penalmente responsable del delito de Abuso sexual simple reiterado, agravado por ser cometido por encargado de la educación.

Batallán fue condenado a la pena de cuatro años y ocho meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer la docencia.

El juez Cespedes consideró lo siguiente en el inicio del texto de la sentencia al que accedió En Línea Noticias, «se ha probado legalmente que en fecha indeterminada pero en el período comprendido entre el 1º de octubre y el 11 de noviembre de 2016 (…) en el interior de un aula de clases perteneciente a 5º año «A» de la escuela primaria Nº 4 de Olavarría, sita en San Martin Nº 2009 de esa ciudad, en reiteradas oportunidades una persona de sexo masculino aprovechándose de su condición de maestro de práctica del Lenguaje y Ciencias Sociales, abusó sexualmente de su alumna (XXX) de ese entonces once años de edad.»

En uno de los apartados de la sentencia, el doctor Cespedes resalta el valor del testimonio de la víctima de esta causa. En este sentido, el Magistrado señaló: «el testimonio de XXX, a pesar de su condición de víctima (…), me resultó absolutamente creíble, ya que lo hizo con un vocabulario concreto, sin dudar en ningún momento en cuanto a circunstancias de tiempo, modo y lugar de las acciones que la tuvieron como víctima a sus once años de edad y en plena etapa escolar.»

En este punto, el Magistrado agrega que ese relato «se ve plenamente robustecido con los hechos concretos que fue narrando a diversas personas, donde sin posibilidad de suponer o imaginar un actuar impuesto, le otorgan solidez y credibilidad.»

Cespedes no duda en afirmar que dichas manifestaciones «son de mucha de trascendencia.»

La sede de la EP N° 4 donde la justicia dio por probado que sucedieron los hechos.

La fiscal del juicio fue la doctora María Paula Serrano, titular de la UFI N° 4 de Olavarría. De acuerdo con lo que se consigna en la sentencia condenatoria, la representante del Ministerio Público Fiscal había solicitado que Luis Alberto Batallán sea puesto en prisión, algo que el doctor Cespedes no avaló.

Al referirse a este punto, el Juez al hablar de la detención manifestó que la misma no debía ordenarse dado que «la única razón por la que es posible imponerla no hallándose firme el fallo es cuando existiere un aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso, lo que no se ha comprobado en las presentes actuaciones, especialmente teniendo en cuenta el sometimiento al mismo por parte del causante Luis Alberto Batallan.»

Desde ahora Batallan deberá presentarse ante el Tribunal cada vez que sea llamado, deberá fijar domicilio real del que no se podrá ausentar por más de 24 horas sin autorización, deberá denunciar las situaciones que lo obliguen alejarse de su domicilio.

Por otro lado, el encausado deberá presentar los primeros lunes de mes en la sede de la Comisaría Primera y, por razones obvias, tiene prohibición absoluta de mantener contacto por cualquier medio con la víctima y su grupo familiar.

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1 comentario
  1. Celinda Rane dice

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