Anticipo En Línea / Seguirá preso el olavarriense acusado de vender éxtasis por Whatsapp

El sujeto está preso desde mediados de abril. Su defensa apeló, sin éxito, la prisión preventiva. La Cámara Penal de Azul confirmó la detención.


Un olavarriense de unos 30 años acusado de comercializar éxtasis por WhatsApp seguirá preso tras una decisión adoptada el viernes último por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Azul.

El hombre fue detenido en abril pasado en el marco de una serie de allanamientos que coordinó el por entonces fiscal Lucas Moyano. La justicia, asistida por la policía, allanó un domicilio en calle Rendón al 3400 y secuestró los estupefacientes.

Desde ese momento el olavarriense se encuentra privado de la libertad.

Es que el 8 de mayo pasado la titular del Juzgado de Garantías N° 1 con sede en Olavarría, Dra. Fabiana San Román, dispuso la conversión de la detención en prisión preventiva y ahora esa resolución quedó confirmada por la Cámara Penal

El hombre preso es Mariano Venzi a quien la justicia considera probable autor del delito de Comercialización y Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

El planteo de la defensa del imputado

El acusado es defendido en la justicia por el doctor Marcelo Fuche que fue quien apeló la prisión preventiva dictada por la Jueza San Roman en mayo pasado.

Se puede leer en la resolución de Cámara – que se firmó el viernes por la mañana – que en defensa de Venzi, Fuche indica como absurdo, que se hayan valorado las sustancias secuestradas en el allanamiento, entendiendo que ello -en realidad- desacredita cualquier intención de realizar actos de comercio. Además el abogado sostiene que no fue encontrada ninguna sustancia relacionada a clorhidrato de cocaína como entiende se pretendía hacer ver por parte de la fiscalía al inicio de las actuaciones.

En la misma línea, el abogado agrega que el hallazgo de tres pastillas de éxtasis, es una cantidad que resulta imposible sea tenida con fines de comercialización, sino que dada la escasa cantidad indica que ello resultaría para consumo personal. Lo mismo argumenta respecto de la marihuana hallada en el domicilio, que conformaba semillas y plantas para el uso personal del sujeto.

En la causa existen distintos diálogos telefónicos que son elementos de prueba para quienes llevan adelante la investigación. En este sentido, el abogado defensor Marcelo Fuche cuestionó esos diálogos dando cuenta que los mismos «no evidencian ninguna clase de acto ilegal de comercio, sino que es un dialogo propio de consumidores y amigos que realizan las mismas conductas adictivas y se vinculan socialmente mediante esas sustancias» y agrega el letrado que «que de ningún modo obtienen réditos económicos mediante dichas conductas.»

Y para achacar la presunta comercialización de la que es acusado su cliente, el doctor Fuche entiende que «no pueden valorarse como acreditativos de la comercialización los actos de seguimientos realizados al encausado por parte del personal policial, indicando que en realidad se relaciona con muy pocas personas, que los conoce y que dan cuenta del vínculo cotidiano del imputado con los mismos, lo que entiende demuestra el circuito de consumo y no de venta.»

Otro de los puntos que menciona Fuche es que en los allanamientos del mes de abril no se encontraron elementos de corte, ni de fraccionamiento, ni se ha identificado siquiera a un supuesto comprador, ni se han observado movimientos de personas en los domicilios ni conductas del encartado que se correspondan con la actividad de comercialización de estupefacientes.

La decisión de la Cámara Penal

El juez de Cámara Carlos Paulino Pagliere (h) es quien fundamenta el voto que se convirtió terminando en unánime y derivó en la confirmación de la prisión preventiva.

Para dar cuenta del delito de comercialización de estupefacientes del que se lo acusado al olavarriense, el Juez Pagliere califica como «serio indicio de materialidad y autoría» un acta de procedimiento que se llevó adelante en abril pasado cuando se allanó la vivienda de Venzi ubicada en Rendon N°3400, en el barrio San Vicente de Olavarría.

En aquel allanamiento – recuerda el Juez de la Cámara – se pudo encontrar pastillas de éxtasis (tres unidades) y marihuana por un total de 104 gramos. A diferencia de lo que sostiene la Defensa, el Juez Pagliere remarca que en aquel allanamiento se encontraron recortes de nylon y dinero en efectivo por más de 260 mil pesos.

Para continuar avalando su decisión de mantener preso a Marian Venzi, el Juez Pagliere menciona un seguimiento encubierto que la Policía – particularmente la división de Drogas Ilícitas – le realizó al imputado. Los seguimientos se llevaron adelante en días previos al allanamiento realizado en abril.

También el Juez Pagliere considera importante para la investigación las distintas conversaciones existentes en WhatsApp, medio por el cual Venzi realizaría la comercialización de sustancias ilícitas.

Con todo eso reseñado, el Juez de Cámara ratifica que el olavarriense, «detentaba en su poder estupefacientes con fines de comercialización» y que además «se encuentran justificada la comercialización de los mismos.»

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