Azul: Indagan al productor agropecuario acusado de provocar cinco muertes en un siniestro vial
Un camionero de Loma Negra había quedado involucrado en el luctuoso episodio. La Fiscal que investiga los hechos indagará por delitos más graves al productor agropecuario. El encausado está excarcelado.
Fabian Sotes / Foto: Diario El Tiempo Azul.
El productor agropecuario Horacio Luis Castilla será indagado el lunes de la semana que viene, un día antes a que se cumpla el primer año del siniestro vial que provocara sobre la Ruta 3, hecho donde murieron calcinadas cinco personas, entre ellas tres menores de edad.
Voceros judiciales ligados al sumario penal que se continúa instruyendo por lo que fuera aquel luctuoso suceso, un choque por alcance iniciado por el Jeep Cherokee que guiaba el acusado, colisión en la que también estuvieron involucrados un camión Iveco con acoplado y el Chevrolet Corsa en el que viajaban las víctimas fatales: un hombre, sus tres hijos y su sobrina.
Ocurrido en horas de la noche del domingo 25 de agosto del año pasado en jurisdicción del Partido de Azul, en el tramo de la ruta que une a las localidades de Cacharí y Pardo, aquel gravísimo siniestro vial comenzó a desarrollarse cuando el encausado viajaba solo en ese vehículo ya referido y circulaba en sentido Sur-Norte.
Sobre una recta en la que el Jeep iba a una velocidad mayor a la permitida -según lo revelado por pericias que agravaron la imputación que pesa sobre este hombre de 68 años- ese rodado impactó por alcance al auto en el que viajaban las cinco personas que después murieron.
Aquel primer choque entre el Cherokee y el Corsa hizo que el auto diera contra la parte de atrás del acoplado de un camión Iveco que guiaba un transportista de Loma Negra, rodado de carga que se trasladaba también en dirección hacia la Capital Federal.
Hubo un instante en que sobre un tramo de la Ruta 3 los tres rodados circularon como si, prácticamente, estuvieran enganchados.
Después, a la altura del kilómetro 230, cuando se desprendió del acoplado del camión, el Corsa fue a parar a la banquina; mientras por detrás seguía enganchado al auto el Jeep Cherokee que manejaba el acusado.
En ese lugar ambos vehículos se incendiaron, circunstancia durante la cual Castilla logró salir por sus propios medios del rodado que manejaba.
Pero no sucedió lo mismo con los ocupantes del Chevrolet Corsa, quienes murieron en el interior del auto, asfixiados y calcinados por las llamas.
Recién al día siguiente de sucedido este siniestro vial las víctimas fatales pudieron ser identificadas.
El conductor del auto cumplía 39 años ese mismo día en que murió. Vivía en Merlo, la ciudad ubicada en el conurbano bonaerense en la que también estaban radicados los demás fallecidos: los tres hijos de ese hombre, que se llamaba Alejandro Daniel Torres, y una sobrina suya.
Esas otras víctimas fatales, respectivamente, se llamaban Daira Micaela Torres, que tenía 19 años, Demian Alexis Torres (17), Mía Torres (6) y Lara Abril Torres (14).
Dos acusaciones
En la audiencia a realizarse de manera virtual desde los Tribunales de Azul el lunes de la semana entrante el encausado afrontará dos acusaciones diferentes por lo ocurrido.
Una principal y la otra subsidiaria, respectivamente han sido definidas a escala penal como configurativas de los delitos de homicidio simple, «en su modalidad de dolo eventual», y homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo con motor, y por el exceso de velocidad y la pluralidad de víctimas fatales.
En junio pasado la fiscal Karina Gennuso, la titular de la UFI 6 con asiento en los Tribunales de Azul que tiene a su cargo esta investigación penal, de la mano del resultado de esas ya referidas pericias -que revelaban que aquella noche en que este siniestro vial se registrara el Jeep Cherokee circulaba a una velocidad mayor a la permitida- agravó la acusación para el encausado, oriundo de CABA y actualmente radicado en la vecina ciudad de Tandil.
Desde aquel entonces la causa penal inició una travesía por diferentes instancias judiciales que impidieron poder llevar a cabo esa audiencia a tenor de lo que establece el Artículo 308 del CPP. La misma que, finalmente, ahora ha quedado programada para el lunes de la semana entrante a la hora diez, según lo que ayer señalaron a EL TIEMPO los voceros allegados a la instrucción de este expediente judicial.
No bien este hecho se registrara, Castilla resultó arrestado y después esa aprehensión fue convertida en detención, medida cautelar de la que fuera notificado en agosto del año pasado mientras permanecía internado en el Hospital Pintos de Azul.
Hubo, inclusive, una primera indagatoria a la que el productor agropecuario fue sometido.
En aquella audiencia había declarado, pero acusado de un delito menos grave al que ahora, tanto de manera principal como en forma subsidiaria, se le está atribuyendo.
«Homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y la pluralidad de víctimas fatales» fue el primer ilícito que se le imputó.
Además, para que pudiera recuperar la libertad, el magistrado Federico Barberena -juez de Garantías que también entiende en esta causa penal- le fijó una fianza de diez millones de pesos.
Castilla afrontó esa caución a través de un inmueble de su propiedad que le fuera embargado.
De esa manera obtuvo el beneficio de la excarcelación, medida que incluyó que le fueran fijadas diferentes pautas de conducta mientras se continúa sustanciando este proceso que lo tiene como imputado.
Esas obligaciones, todavía vigentes, incluyen que no puede irse del país. Y tampoco puede manejar vehículos automotores, para lo cual, cuando le fue otorgada esa excarcelación referida, tuvo que entregar en el Juzgado de Garantías 2 con asiento en los Tribunales de Azul su licencia de conducir.
El cambio de calificación de la causa había derivado en que el conductor del Jeep Cherokee fuera citado a indagatoria nuevamente por la fiscal Gennuso el pasado 17 de junio.
Pero esa audiencia, que había sido prevista que se realizara de manera virtual por la actual pandemia de coronavirus, al igual que la que se llevará a cabo este lunes que viene, no pudo realizarse.
En aquel entonces la abogada Graciela Tancredi, que era su defensora Particular, de la mano de diferentes informes médicos sostuvo que el hombre no estaba en condiciones psicológicas de afrontar esa instancia del proceso. Ante esa situación planteada, la indagatoria tuvo que suspenderse.
Pero desde la UFI 6 se dispuso que Castilla fuera sometido a diferentes estudios que le fueron realizados desde la Asesoría Pericial departamental. En los días posteriores, especialistas se entrevistaron con él y después concluyeron que estaba en condiciones de afrontar esa audiencia.
El paso siguiente de quien en ese momento era la representante legal del productor agropecuario fue intentar impugnar, ante el Juez a cargo de Garantías 2, la indagatoria dispuesta de la mano de esas nuevas calificaciones penales que desde junio pasado tiene esta causa.
El 25 de junio pasado Federico Barberena no dio lugar a ese planteo de nulidad solicitado desde la Defensa Particular del imputado. Y en consecuencia, ordenó que la indagatoria se hiciera.
Pero para que la misma se llevara a cabo dispuso que aquello que él había ordenado quedara firme. El paso siguiente de la abogada de Castilla fue apelar esa resolución de primera instancia ante la Cámara Penal.
El martes 11 del corriente mes el máximo Tribunal de Alzada departamental se expidió con relación al recurso de apelación presentado por la abogada Graciela Tancredi.
En aquel fallo, los jueces Carlos Pagliere (h) y Damián Cini -votaron en ese orden a la única cuestión planteada- avalaron lo que en primera instancia había resuelto el juez garante.
En consecuencia, rechazaron por «improcedente» aquel recurso de apelación, ratificando de esa manera que la indagatoria, con las nuevas calificaciones que tiene esta investigación penal, debía realizarse.
«En definitiva, la ausencia de arbitrariedad por parte de la Sra. Agente
Fiscal en el llamado a la diligencia del Artículo 308 del CPP y la falta de acreditación de algún gravamen irreparable determinan, sin más, que deba confirmarse la resolución jurisdiccional (de primera instancia), en cuanto no hace lugar al planteo de nulidad formulado por la Defensa», se mencionó en un tramo de ese fallo resuelto de manera desfavorable para Castilla desde la Cámara Penal.
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