Opinión: Los Juicios por Jurados son garantía de transparencia y Justicia
En la Provincia se analizan reformas a la institución de Juicios por Jurado. En Azul el martes y miércoles una mujer será juzgada bajo esta modalidad. ¿Culpable o No Culpable?
Escribe: Dr. Martín Bonoco / Especial «En Línea Noticias»
El 22 y el 23 de agosto en la ciudad de Azul una enfermera será sometida a un Juicio por Jurados en el marco de una causa en la que la mujer está acusada de asesinar a su marido, el dato que aparece como distintivo en este proceso es que esa mujer sufrió por años violencia de género por parte de su esposo. Cristina Santillán se encuentra con prisión domiciliaria acusada de asesinar a su marido, que la sometió a violencia de género durante 40 años.
¿Quién es Cristina Santillan?
Cristina nació el 3 de julio del año 1958. Con solo 14 años conoció a quien iba ser el compañero de toda su vida, con el que tuvo dos hijos y una hija.
Trabajó desde muy joven en diferentes rubros, mientras estudiaba enfermería, cuidaba a sus hijos y realizaba las labores domésticas. Se recibió de enfermera y comenzó a trabajar en el Hospital “Doctor Ángel Pintos”, de la ciudad de Azul, provincia de Buenos Aires.
La relación con su marido estuvo signada por la violencia de una manera permanente: tuvo muchas noches de insomnio y, cuando lograba conciliar el sueño, la despertaban los golpes. Se despertaba sin ánimo de seguir, se perdía en vida, en las calles y en la marginalidad de sentirse sola. Poco a poco, su salud fue empeorando y su estado emocional también.
Devastada, no encontraba un sentido o una línea estable para continuar su vida. Recurrió a tratamiento psiquiátrico y a medicaciones.
Las golpizas nunca cesaron y, de hecho, eran cada vez más violentas, más agresivas, más gravosas. Porque, como dicen las especialistas en violencia de género, el agresor nunca cesa con su violencia, nunca deja de agredir.
Cristina vivía en una agonía aguda de nunca acabar. Hasta que un día decidió poner freno de alguna manera a lo que pasaba, y actuó, y por eso sería condenada hasta estos días.
Cristina recuerda borrosamente esa última noche: una de esas noches tan normales en las que él llegaba durante la madrugada e insistía con sacarla abruptamente de la cama, arrastrándola hacia la cocina para que le hiciera algo de comer. En ese momento volvió a sentir que ya nada tenía sentido, su vida ya no le importaba. Enceguecida por la depresión, el miedo, la frustración y un sentimiento de vacío extremo, supo allí que era el último día en que iba a tolerar tales agresiones. Reaccionó. Lo atacó provocándole lesiones graves.
El hombre fue hospitalizado de urgencia en el hospital, donde fue sometido a una intervención quirúrgica de manera inmediata. Luego pasó de un estado de coma a una habitación normal. Tenía ciertas dificultades para hablar, pero respiraba de manera autónoma. Mientras tanto, Cristina ya se encontraba en una unidad penitenciaria.
Él estuvo nueve meses con vida, sin tener una buena asistencia ni cuidados pertinentes. Finalmente murió por una bronco aspiración.
Desde el momento del hecho hasta hoy Cristina se encuentra privada de su libertad. Estuvo un año en una unidad penitenciaria y luego le concedieron la prisión domiciliaria.
Al principio el caso estaba caratulado como “lesiones graves”; después del fallecimiento del marido la carátula cambió a “homicidio agravado por el vínculo”.
Juicios por Jurados sinónimo de transparencia, entendimiento y justicia.
Lo que hace unos años parecía algo muy lejano, hoy en día es una realidad que se impone y crece en las legislaciones provinciales a ritmo exponencial para su aplicación en la totalidad de la Nación Argentina. Cuando unos pocos bregaban por su implementación, unos muchos abogados y magistrados conservadores que se quedaron en el antaño con ideologías prácticamente de la época medieval del concepto justicia se oponían férreamente.
El tiempo le dio la razón a aquellos pocos adelantados y quedó demostrado con el correr de los juicios populares, que el soberano posee mayor sensibilidad para el análisis de los casos que se les presentan y mayor sentido de justicia para culpar o no, que aquellos que se oponían a que sean ciudadanos comunes a que decidieran.
Los Juicios por Jurados tienen una gran función educativa en la medida en que la dinámica del jurado hace que las leyes sean explicadas de manera práctica, accesibles para el pueblo, lo que claramente fomenta el respeto a la legalidad, el desarrollo de la equidad, y la toma de conciencia sobre los propios derechos.
Cabe recordar que el fracaso o no de un caso y su veredicto de no culpabilidad no es atribuible al jurado popular, eso seria una falacia.
Para aventar dudas debe recordarse que el jurado se limita a emitir el veredicto de culpabilidad o no culpabilidad, mientras que son los jueces y los fiscales los responsables de la legalidad del debido proceso, del respeto a las garantías constitucionales, de evitar nulidades, de recolectar legítimamente las pruebas, de intervenir en la formación del jurado y, en general, de todos los aspectos técnicos de un proceso penal.
Algunas cuestiones podrían reformarse en virtud del nuevo enfoque hacia la víctima que se le pretende dar al Código Procesal en la Provincia de Buenos Aires, ello es que el procedimiento de juicio por jurados podrá ser solicitado por cualquiera de las partes pero requiere la expresa conformidad del fiscal, del particular damnificado, del defensor y del imputado.
Si cualquiera de ellos se opusiera, el Tribunal se conformará de acuerdo al procedimiento común.
Mas allá de cualquiera reforma que pudiera hacerse, no empaña lo que hoy en día el Juicio por jurados es: transparencia, entendimiento y justicia.
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