Dos despidos por el fin del Estacionamiento Medido: Soluparking deberá pagar más de $139 millones


El Tribunal de Trabajo de Olavarría condenó a Soluciones Virtuales S.A. a pagar un total de $139.258.998,30 a dos trabajadores despedidos tras el cese del servicio de Estacionamiento Medido, al considerar que la empresa no logró acreditar la causal de falta de trabajo invocada para aplicar el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Las dos sentencias fueron firmadas este viernes 25 de septiembre por los jueces Guillermo López Arévalo, Christian Benítez y María Clarisa Baldoni y corresponden a dos expedientes diferentes. En ambos casos, los trabajadores habían desarrollado tareas vinculadas al Estacionamiento Medido y la empresa justificó los despidos en el cese del servicio dispuesto por la Municipalidad de Olavarría.

En uno de los casos, el Tribunal fijó una condena de $68.237.972,86, mientras que en el otro estableció una indemnización de $71.021.025,44. En ambos expedientes, además, las sumas deberán continuar actualizándose por IPC más una tasa del 3% anual hasta el efectivo pago.

Qué cuestionó el Tribunal

El punto central de las dos sentencias fue la utilización del artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo, que contempla una indemnización reducida cuando existen causas de falta o disminución de trabajo no imputables al empleador.

Los jueces remarcaron que era responsabilidad de la empresa probar concretamente la situación que invocaba para justificar los despidos. Sin embargo, en ninguno de los dos procesos Soluciones Virtuales logró acreditar que el cese del servicio hubiera generado una situación que permitiera encuadrar los despidos en esa norma.

El Tribunal también señaló que no fueron acreditadas medidas destinadas a evitar el desequilibrio laboral, ni el cumplimiento de los mecanismos previstos para prevenir el impacto de las crisis empresariales. Tampoco se acreditó el ingreso de la empresa a programas como el REPRO ni el cumplimiento del orden de prelación previsto por el artículo 247.

Por ese motivo, en ambos casos los jueces concluyeron que los d

espidos directos fueron injustificados y que correspondía aplicar el régimen indemnizatorio completo.

Una antigüedad que se remontaba a 2009

En una de las sentencias, el Tribunal reconoció que el trabajador tenía una antigüedad computable desde el 1 de agosto de 2009, pese a que los recibos de sueldo consignaban como fecha de ingreso el 21 de enero de 2019.

Los jueces consideraron acreditado el reconocimiento de la antigüedad anterior y, sobre esa base, calcularon una indemnización correspondiente a 15 períodos, tomando como mejor remuneración mensual, normal y habitual la suma de $849.831,01.

En ese expediente, la condena alcanzó los $71.021.025,44, integrada por indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, salarios, vacaciones, SAC, sanciones e indemnizaciones derivadas de la falta de pago.

En el otro caso, la condena fue de $68.237.972,86.

También cuestionaron la actualización de los créditos laborales

Otro de los puntos relevantes de ambos fallos fue el tratamiento de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Los jueces entendieron que esa normativa no resultaba aplicable a relaciones laborales que habían comenzado y terminado antes de su entrada en vigencia. Sin embargo, utilizaron el artículo 54 de esa misma ley para establecer el mecanismo de actualización, con el criterio de IPC más 3% anual.

Al mismo tiempo, declararon inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802, que establece un régimen específico para actualizar créditos laborales correspondientes a juicios que ya estaban en trámite.

El Tribunal consideró que esa disposición podía generar un tratamiento desfavorable para los trabajadores que habían iniciado un juicio antes de la entrada en vigencia de la norma y sostuvo que el mecanismo resultaba regresivo frente a la protección constitucional del trabajador.

En uno de los expedientes, el Tribunal comparó expresamente los resultados de ambos mecanismos y concluyó que correspondía utilizar IPC más 3% anual, criterio que llevó la condena final a $71.021.025,44.

El cese del Estacionamiento Medido, en el centro de los dos juicios

En ambos casos, la empresa había comunicado a los trabajadores que la relación laboral finalizaría por causas no imputables a Soluciones Virtuales.

Posteriormente, la empresa vinculó la decisión con la comunicación recibida de la Municipalidad de Olavarría respecto del cese del servicio de Estacionamiento Medido, y sostuvo que esa situación impedía la continuidad de los vínculos laborales.

Los trabajadores rechazaron esa causal y reclamaron las indemnizaciones correspondientes a un despido sin causa.

Ahora, con las dos sentencias conocidas el mismo día, Soluciones Virtuales S.A. fue condenada a pagar más de $139 millones entre ambos expedientes, además de las costas del proceso.

Las sentencias establecieron un plazo de 10 días desde la notificación para efectuar el pago. En caso de incumplimiento, los intereses se acumularán al capital y continuará la actualización mediante IPC más 3% anual hasta el efectivo pago.

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