El Gobierno mantiene suspendidas más de 21.000 pensiones por invalidez y da 30 días para presentar documentación
El Gobierno nacional resolvió mantener suspendidas 21.812 pensiones no contributivas por invalidez laboral. Los beneficiarios tendrán 30 días hábiles para aportar documentación médica y socioeconómica que permita revisar la continuidad de las prestaciones, en el marco de una auditoría que detectó presuntas irregularidades.

La decisión fue anunciada este martes en la Casa Rosada por el vocero presidencial, Adrián Ravier, quien explicó que la Secretaría Nacional de Discapacidad dejó sin efecto los restablecimientos cautelares de esos beneficios al considerar que no se habían presentado antecedentes suficientes para justificar su continuidad.
El funcionario aclaró que la suspensión no significa que se haya determinado que las personas alcanzadas carezcan de una incapacidad laboral, sino que, según la postura oficial, no se cuenta con información suficiente para verificar que continúan reuniendo las condiciones exigidas por la normativa.
Cómo podrán reclamar los beneficiarios
Las personas afectadas podrán presentar documentación médica y socioeconómica, justificar por qué no asistieron a las auditorías o aportar otros antecedentes que permitan revisar cada situación particular.
Los trámites podrán realizarse mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y en las oficinas territoriales de la Secretaría Nacional de Discapacidad, de acuerdo con el procedimiento que establezca el organismo.
Desde el Ejecutivo sostienen que el proceso de revisión no afectará a quienes cumplan con los requisitos para recibir la prestación. Al mismo tiempo, cuestionan el crecimiento del número de beneficiarios durante la gestión de Alberto Fernández, al que atribuyen motivaciones políticas y no exclusivamente vinculadas con las necesidades de las personas con discapacidad.
Qué requisitos tienen las pensiones por invalidez laboral
Las pensiones no contributivas por invalidez laboral están destinadas a personas que presentan una incapacidad que les impide trabajar y que carecen de medios de subsistencia. Por eso, el otorgamiento del beneficio no depende exclusivamente de tener una discapacidad ni de contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD), sino del cumplimiento de las condiciones específicas previstas en la normativa.
Otro de los puntos bajo revisión es la existencia de bienes registrados a nombre de los beneficiarios. Para el Gobierno, ese dato puede constituir un indicio que justifique examinar cada caso, aunque la tenencia de bienes no acredita por sí sola la existencia de fraude.
Según lo informado por el vocero presidencial, hasta el momento no se había realizado una presentación judicial por los casos detectados en la auditoría.
La medida se inscribe en un contexto de fuerte sensibilidad social y cuestionamientos en torno a las políticas de discapacidad. La continuidad de las suspensiones y el plazo otorgado para presentar documentación colocan a los beneficiarios ante la necesidad de acreditar que reúnen las condiciones exigidas para conservar una prestación que, en muchos casos, constituye un ingreso esencial.