Hizo un reclamo por Twitter, la estafaron y le vaciaron su caja de ahorro en dólares: el Banco Provincia deberá pagarle $5 millones
Una mujer de 40 años de La Plata fue víctima de una ciberestafa en noviembre de 2022, después de contactar a supuestos representantes de Personal por un problema de facturación.

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la condena contra el Banco Provincia por $3 millones por daño moral y $2 millones por daño punitivo, además de ordenar la restitución de USD 1.661 con intereses.
La maniobra se concretó en menos de 15 minutos. Los estafadores obtuvieron las credenciales bancarias de la clienta y realizaron operaciones desde una dirección IP ubicada en Córdoba. La Justicia consideró que el banco falló en sus mecanismos de seguridad y monitoreo al permitir movimientos inusuales hacia cuentas de terceros.
La sentencia, dictada el 13 de octubre de 2026, rechazó la apelación de la entidad y confirmó el fallo de primera instancia.
La mujer había contactado por WhatsApp a un supuesto número de atención de Personal por un inconveniente de facturación. Luego, la derivaron a una cuenta de Twitter mediante un enlace y le indicaron que debía activar el débito automático de su factura utilizando el token de seguridad de su cuenta bancaria.
Convencida de que realizaba un trámite legítimo, compartió su usuario de home banking y proporcionó los códigos de seguridad en dos oportunidades. Los delincuentes utilizaron esos datos para operar sin autorización.
Al ingresar a su cuenta, descubrió que habían vendido los USD 1.661 que tenía ahorrados y transferido el dinero a terceros. También detectó movimientos por un total de $278.500, que incluían fondos provenientes de la venta de dólares, dinero que ya tenía depositado en pesos y una recarga de celular
La clienta se comunicó telefónicamente con el banco a las 10.15, cuando todavía se registraban movimientos en sus cuentas. Ese mismo día denunció lo ocurrido y posteriormente se presentó en una sucursal para obtener el detalle de las operaciones. El 11 de noviembre de 2022 formalizó el reclamo por escrito y radicó una denuncia penal.
Uno de los elementos centrales del expediente fue que las transacciones se realizaron desde una dirección IP localizada en Córdoba, una ubicación ajena al domicilio de la clienta. Además, las cuentas receptoras pertenecían a personas domiciliadas en esa provincia y no registraban transferencias anteriores desde las cuentas de la damnificada.
La pericia informática determinó que las operaciones se concretaron con intervalos promedio de dos minutos, sin que los sistemas del banco activaran alertas preventivas eficaces ni bloquearan temporalmente los movimientos.
Al defenderse, el Banco Provincia argumentó que la clienta había entregado sus credenciales y que el perjuicio había sido provocado por terceros. Sin embargo, los camaristas consideraron que ese hecho no liberaba automáticamente a la entidad de responsabilidad.
El fallo sostuvo que los fraudes informáticos mediante engaños, conocidos como phishing, forman parte de los riesgos previsibles de la actividad bancaria digital. Por eso, las entidades deben disponer de herramientas capaces de detectar comportamientos anormales, incluso cuando los delincuentes consiguen utilizar credenciales válidas.
En particular, los jueces señalaron que el banco debía haber advertido la conexión desde una ubicación geográfica inusual, la venta de la totalidad de los dólares, la sucesión de transferencias y el envío de fondos a destinatarios ajenos al historial habitual de la clienta.
La indemnización contempla $3 millones por daño moral, en reconocimiento a las consecuencias de perder sus ahorros y atravesar reclamos bancarios, una denuncia penal y un proceso judicial durante más de tres años. Los magistrados también consideraron la respuesta que recibió la mujer, cuyo reclamo había sido rechazado sin explicaciones suficientes sobre las operaciones cuestionadas.
A esa suma se agregan $2 millones por daño punitivo, una sanción prevista en el artículo 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor para castigar incumplimientos relevantes y desalentar conductas similares.
La Cámara, con los votos de los jueces Ricardo Daniel Sosa Aubone y Jaime Oscar López Muro, confirmó la sentencia de primera instancia del 30 de abril de 2026 e impuso las costas de la apelación al Banco Provincia.
El abogado de la víctima, Marcelo Szelagoswki, sostuvo que el pronunciamiento refuerza la obligación de las entidades financieras de proteger los fondos de sus clientes mediante sistemas de control adecuados.
“Las entidades bancarias deben contar con sistemas de control capaces de detectar operaciones anormales y actuar oportunamente para proteger los fondos de sus clientes. La utilización de claves válidas o la intervención de estafadores no alcanza, por sí sola, para liberar al banco de responsabilidad cuando se demuestra que fallaron los mecanismos de prevención que debía implementar”, afirmó.