Confirmaron la prisión preventiva de un efectivo del GAD y otro acusado en una causa por drogas
La Cámara de Apelación y Garantías de Azul rechazó los recursos de las defensas y ratificó la resolución del juez Carlos Villamarín. El fallo respaldó la prueba reunida y consideró acreditados riesgos procesales.

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirmó las prisiones preventivas de un agente del Grupo de Apoyo Departamental (GAD) de Olavarría y otro olavarriense, que se encuentran imputados en una causa por comercialización de estupefacientes en Olavarría.
La resolución rechazó los recursos presentados por las defensas, a cargo de los doctores Sergio Javier Roldán y Diego Javier Szpigiel y ratificó lo dispuesto por el juez de Garantías Carlos Villamarín. El voto principal fue del camarista Carlos Paulino Pagliere (h), al que adhirió Damián Pedro Cini.
Los jueces entendieron que existen elementos de prueba suficientes para sostener las imputaciones y mantener las medidas cautelares. En su voto, Pagliere sostuvo que “las impugnaciones no pueden prosperar” y respaldó la hipótesis acusatoria en ambos casos.
En relación a uno de los hombres, la Cámara valoró seguimientos previos, testimonios y secuestros realizados durante la investigación. Sobre ese tramo, el magistrado sostuvo que “la hipótesis fiscal se encuentra corroborada -con la exigencia de probabilidad positiva que la etapa reclama- tanto en su materialidad delictiva como en la participación.»
La causa se inició a partir de denuncias canalizadas por el programa 0800 Drogas y derivó en tareas investigativas, allanamientos y detenciones.
Uno de los puntos centrales del fallo fue la situación del integrante del GAD, cuya defensa cuestionó la prueba reunida y el procedimiento realizado en un local comercial.
Allí, según surge de la resolución, fueron secuestrados más de 650 gramos de cocaína, dinero en efectivo, una balanza de precisión y bicarbonato, elementos que para la Cámara resultan compatibles con actividades de comercialización.
Al rechazar los planteos defensivos, Pagliere afirmó que “la considerable cantidad de material hallado supera con creces lo que podría ser una mera tenencia simple o una tenencia con fines de consumo personal”.
La Cámara también descartó supuestas irregularidades en el allanamiento del comercio y dio por acreditada la vinculación del agente del GAD con el lugar, un punto discutido por la defensa.
Otro de los ejes del fallo estuvo en los riesgos procesales, argumento que sostuvo la continuidad de las prisiones preventivas.
En ese apartado, el juez señaló que “la escala penal prevista (…) se erige como un peligro procesal de elusión del proceso” y consideró que las circunstancias invocadas por las defensas no alcanzaban para morigerar las medidas.
Respecto al hombre que no es policía, además, el fallo valoró que al momento de la aprehensión habría intentado desprenderse de un teléfono celular, circunstancia interpretada como posible entorpecimiento probatorio.
Los camaristas concluyeron que las prisiones preventivas guardan proporcionalidad y deben mantenerse. En ese sentido, el voto sostuvo también que “la medida de coerción impuesta guarda proporcionalidad”.
Con la decisión, la Cámara confirmó íntegramente la resolución del Juzgado de Garantías Nº 2 y dejó firmes las prisiones preventivas para ambos imputados, identificados como Maximiliano Alonso y Juan Carlos Araujo.