«Reiteración delictiva»: Confirman la prisión preventiva de un olavarriense acusado de intento de robo


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirmó este jueves la prisión preventiva de un olavarriense acusado de un robo simple en grado de tentativa. Los jueces consideraron acreditados los riesgos procesales y valoraron, entre otros elementos, sus antecedentes por delitos contra la propiedad y un episodio de resistencia protagonizado luego de su aprehensión.

La resolución fue dictada por los jueces Damián Pedro Cini, Carlos Paulino Pagliere y Gustavo Agustín Echevarría, al analizar el recurso presentado por la defensa contra la decisión del Juzgado de Garantías N° 2 de Olavarría, que el 3 de agosto había convertido en prisión preventiva la detención del acusado.

El hombre permanece detenido desde el 29 de junio de 2026 y está imputado por robo simple en grado de tentativa, delito previsto en los artículos 42, 45 y 164 del Código Penal.

La defensa había cuestionado la existencia de peligros procesales suficientes para mantener la prisión preventiva. Sostuvo que el delito tiene una pena mínima de 15 días de prisión, planteó que los antecedentes penales no podían ser utilizados como fundamento para presumir un riesgo procesal y destacó que el acusado cuenta con residencia fija en Olavarría. Por esos motivos, solicitó que recuperara la libertad bajo caución juratoria.

La Cámara, sin embargo, rechazó el planteo.

En su voto, al que adhirieron sus colegas, el juez Cini señaló que la defensa no cuestionó la existencia del delito ni la participación del acusado, por lo que esos aspectos habían quedado firmes. El planteo se concentró exclusivamente en determinar si existían peligros procesales que justificaran mantener la privación de la libertad.

Los magistrados consideraron que la gravedad del hecho, las circunstancias en que habría sido cometido y la pena en expectativa constituyen elementos que pueden ser valorados para determinar la existencia de un eventual riesgo de fuga.

Pero además tuvieron especialmente en cuenta los antecedentes del olavarriense.

Según surge de la resolución, el hombre fue condenado el 4 de diciembre de 2024 a una pena única de dos años y ocho meses de prisión por distintos delitos de robo. Posteriormente, el 15 de julio de 2025, recibió una condena de un año y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento por cuatro hechos de robo.

Finalmente, el 26 de febrero de 2026, fue condenado a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por otro robo y declarado reincidente.

Para los jueces, esos antecedentes tienen incidencia directa en la situación procesal actual, ya que una eventual nueva condena no podría ser de cumplimiento condicional.

A esto se agregó un episodio ocurrido después de su aprehensión, durante una revisión médica en un nosocomio de Hinojo.

De acuerdo con el acta de procedimiento citada en el fallo, cuando el acusado fue ingresado para ser examinado y le retiraron las esposas, se zafó del personal policial y adoptó una conducta hostil. Según consta en el documento, le dio un golpe de puño en el rostro a un sargento, sin provocarle lesiones, y comenzó a retirarse las prendas de la parte superior de su cuerpo.

El efectivo logró reducirlo nuevamente y colocarle las esposas. El acta también dejó asentado que el hombre no colaboró con la realización del informe médico.

Para la Cámara, esa conducta debía ser considerada junto con la reiteración de delitos contra la propiedad y los demás elementos del expediente.

“Esta reiteración delictiva, sumado a lo expuesto en el párrafo anterior, revela una clara voluntad de Sosa de no someterse a derecho ante la eventualidad de una libertad”, sostuvo Cini en su voto.

Los jueces también señalaron que el acusado tiene otros dos procesos en trámite: uno por lesiones leves, que fue elevado a juicio, y otro por desobediencia. Según explicaron, las eventuales penas de esas causas deberán ser consideradas para una eventual unificación, circunstancia que también incide en la evaluación de la pena que podría corresponder en este expediente.

A partir de todos estos elementos, la Cámara entendió que se encuentran acreditados los peligros procesales previstos por el Código Procesal Penal y que la prisión preventiva resulta, por el momento, una medida necesaria para garantizar que el acusado permanezca sometido al proceso.

Por unanimidad, los jueces rechazaron el recurso de apelación de la defensa y confirmaron la prisión preventiva del olavarriense, acusado de robo simple en grado de tentativa.

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