UOCRA: La Justicia calificó a Roberto D´Amico como «jefe organizador» de una «asociación ilícita»

Algunos fundamentos del Juez Joaquín Duba para ubicar a Roberto D´Amico bajo esta figura delictiva.


Este martes se conoció la sentencia condenatoria contra la cúpula de la UOCRA de Olavarría y la pena mayor recayó en el histórico Secretario General de la organización sindical que deberá cumplir una pena de 9 años y 9 meses de prisión. En un extenso fallo, el Juez Joaquín Duba ubicó a D´Amico como «Jefe Organizador» de una «Asociación Ilícita».

Luego de haber probado hechos de extorsión en hecho sucedidos en Olavarría en el período comprendido entre el mes de enero de 2014 y el mes de agosto de 2018, de los que resultaran víctimas Maximiliano Zanazzi, José Carlos Balzi y Carlos Leandro Pesclevi, quienes figuran como denunciantes en el proceso judicial iniciado hace más de tres años y que investigó la Fiscal Viviana María Beytía.

Joaquín Duba en su fallo explicó que «se encuentra probado suficientemente que en fechas indeterminadas, pero al menos en el período comprendido entre el mes de enero de 2014 y el mes de agosto de 2018, en forma estable y duradera la banda» integrada Roberto D´Amico «como Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Construcción –UOCRA Seccional Olavarría-, junto al Secretario de Finanzas y al Secretario de Organización del gremio, en uso de sus previas relaciones de reciprocidad, uniformidad y pertenencia con la inequívoca voluntad de quebrantar el orden público y la ley, adoptaron como “modus operandi” el despliegue de maniobras extorsivas contra empresarios del sector de la construcción obligándolos a poner a disposición del gremio sumas dinerarias en concepto de pago de cuotas fijas de entre 2500 a 5000 pesos a cambio de no obstaculizar sus labores».

El juez además se explayó y dijo que D´Amico actuaba como «jefe organizador de dicha empresa criminal» al tiempo que señaló que los otros dos encartados «resultaron ser los captores de los damnificados, tarea que realizaban en forma personal recorriendo las obras y empresas con pleno conocimiento del carácter ilícito de la maniobra».

Para fundar esto, y otras acusaciones, expresó el Juez «siempre en la dirección apuntada de la manera de actuar elegida por los dos integrantes recaudadores y bajo las órdenes y conducción del jefe organizador, valoro
lo declarado por parte de los funcionarios policiales encargados de recabar información sobre los hechos extorsivos vinculados con la UOCRA Seccional Olavarría, tanto de los empresarios de Olavarría y de empleados de obras como de los que realizaron informes sobre el contenido de los teléfonos celulares de alguno de los integrantes de la banda sobre el modo o práctica extorsiva y de cómo los empresarios se referían a cumplir con los pedidos».

Se destaca en el fallo volviendo a la figura de Roberto D´Amico «abonan también la calidad de Jefe organizador de la asociación, la circunstancia narrada por uno de los empresarios damnificados –Zanazzi-, quien refirió que concurría a la sede del sindicato al primer piso donde tenía su despacho el Secretario General a entregarle personalmente los cheques que le eran exigidos, recibiéndolos aquél con total naturalidad sin pedir explicaciones de su procedencia y hasta en algún caso guardándoselo en el bolsillo de su camisa».

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