Opinión | Retenciones: Un debate plagado de falacias y disfraces
Luis Cavalli es abogado Especialista en el Régimen Jurídico de los Recursos Naturales por la UBA. Es autor del libro “Derecho Agrario Ambiental”. En coautoría con Dino Bellorio Clabot. Editorial Ad HOC. Año 2010. El profesor del curso “Contratos Agrarios” de la Fundación CIJUSO del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires

Como suele suceder en la historia de los pueblos, las normas dictadas en un contexto económico, político, social, cultural, institucional quedan con el tiempo desacopladas de la realidad, por la variación de las circunstancias que le dieron origen. Cada norma es hija de su tiempo. A veces es un como un boomerang, que inicia con un destino y luego se vuelve en contra de quién lo lanzó.
Esto pasa actualmente cuando se discuten los derechos de exportación de los productos agrícolas, denominados “retenciones”, donde se mezclan consideraciones varias, algunas mal intencionadas, otras basadas en la ignorancia, que son ajenas al tema en debate. Porque en realidad se trata de una queja frente a una ley, de un sector de la economía, que quiere pagar menos impuestos, genéricamente denominada “el campo”. Ellos actúan en el interés propio, concepto que Adam Smith llamó “egoísmo moral” en su obra “La Riqueza de las Naciones”. Son representados en el Congreso por el sector político que defiende a su base electoral.
Por ello es bueno conocer algunos aspectos de estos derechos, su origen, su evolución, su impacto para el conjunto de la sociedad en el desarrollo de la Argentina.
En primer lugar la base de estos derechos surgen directamente de la Constitución Nacional, que establece en su artículo 4 que “El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional formado del producto de derechos de importación y exportación…” este artículo es derivación directa de nuestra guerra civil del Siglo XIX y su objetivo central es evitar que Buenos Aires utilice la ventaja de estar aguas abajo en la Cuenca del Plata y utilizar la renta del puerto y su aduana para beneficio propio. Este mandato constitucional da por tierra con el reclamo de algunas provincias que pretenden que la renta surgida de lo que se produce en su territorio les vuelva directamente a ellas.
El artículo constitucional fue reglamentado por la ley N° 22.415, llamado Código Aduanero, que delega directamente en el Poder Ejecutivo Nacional la facultad de establecer los montos de estos derechos de exportación e importación. Lo paradójico es que quién elaboró esta norma fue el entonces poderoso Ministro de Economía, José Alfredo Martínez de Hoz. Este ministro, de ideología liberal en lo económico y autoritario en lo político (Fue Ministro cinco años del gobierno de facto del General Videla), fue presidente de la Sociedad Rural Argentina y es el autor, o modificador de las principales normas agrarias argentinas. O sea que es un “hombre del campo” quién delegó facultades del Congreso Nacional al Presidente de la Nación para fijar por sí los montos de las retenciones.
Que ahora el Poder Ejecutivo Nacional impulse la fijación por ley del Congreso, tiene como objetivo lograr consenso político-institucional. Pero, strictu sensu, no tiene la obligación legal de hacerlo.
Otra aspecto que se debate en la opinión pública, es el de la Reforma Agraria, bajo el lema “la tierra tiene que ser de los que la trabajan”, esgrimida por Juan Grabois con fuerte difusión mediática, y atacada por otros sectores como un fantasma del comunismo. La reforma agraria, impulsada desde sus inicios por la Federación Agraria Argentina, que hoy comparte con la Sociedad Rural la Mesa de Enlace, estaba concebida en una realidad del campo que nada tiene que ver con la actual. El proceso de sojización del campo y el ingreso de los pools de siembra, a partir de la década del noventa, modificaron sustancialmente la realidad agraria argentina. Los pools de siembra son grupos muy poderosos, donde una de las ventajas que poseen es, precisamente, no ser propietarios de la tierra que trabajan. Porque cuando no es rentable sembrar, simplemente salen del negocio. Por lo tanto, arriendan los campos. Hoy gran parte de las tierras fértiles están alquiladas por estos pools. Con lo cual si se cumpliera aquello de que la tierra tiene que ser propiedad de los que la trabajan, quedarían en manos de los pools, que poco y nada tienen que ver con los débiles arrendatarios de principios del Siglo XX, que se manifestaron en el Grito de Alcorta. Lo que no quiere decir que no haya arrendatarios débiles y pequeños productores cuya situación debe ser atendida con su especificidad, como se hizo en la ley.
Lo importante que debe ser considerado en la actual coyuntura y para poner el debate de los actores económicos y de opinión pública en amplia perspectiva y en su justa dimensión, es que lo que se discute es el monto de un impuesto, vinculado a la capacidad contributiva del contribuyente, sin modificarse el sistema agrario en ninguna de sus dimensiones. La propiedad de la tierra y sus tenedores sigue intacta, las disposiciones de la ley de arrendamientos rurales siguen igual, los actores que participan de la actividad agraria son los mismos, el Estado no interviene por sí en ninguna de las etapas productivas y de comercialización.
La importancia de analizar la realidad sin magnificar aspectos para beneficio propio es alta. La ley ómnibus que se debate en el Congreso Nacional no modifica sustancialmente el escenario agrario que tomó su forma actual en la década del noventa. Ver carteles de protesta diciendo que la ley es implantar el comunismo, o los neofascistas que dicen que esto conduce al chavismo, que es la base para que el piquerismo agrario de CONINAGRO plantee cortar rutas y comercialización de granos y carnes, es un despropósito que está muy lejos de la realidad. El peronismo, en su primer gobierno, tiene experiencias bien distintas a las actuales, con el Instituto Argentino de Promoción del Intercambio. Con el IAPI el Estado Nacional manejaba por sí toda la exportación de granos y carnes y podía regular precios y producción con su actuación. Implementar un organismo igual sí significaría un cambio profundo y sin embargo no se plantea nada parecido. Por lo tanto, la exagerada reacción de algún sector del campo que va a cortar rutas u otros de la ciudad que aducen que la ley es comunista o chavista, debería ser morigerada porque se trata de una discusión de montos de un impuesto. Que si fuera confiscatoria podrían recurrir al poder judicial y declarar su inconstitucionalidad, cosa que no lo es, como ya lo tiene establecido la Corte Suprema de Justicia.
Es permisible acá una aclaración vinculada con lo local. El Intendente Galli impulsa el aumento de las tasas municipales, que impactan sobre los sectores más vulnerables y perjudicados por la economía de los últimos dos años: Las tasas se aplican indiscriminadamente sobre los olavarrienses sin consideración de su situación. No importa si al comerciante le va bien o mal, si el contribuyente se quedó sin trabajo o su sueldo perdió frente a la inflación, o es tan bajo que las tasas y tarifas se llevan el grueso de lo que gana. Está obligado igual. Mientras que en las retenciones a los productos agrícolas que se exportan el impuesto se cobra de acuerdo con un negocio ya hecho, con lo cual, en realidad, el contribuyente no pierde, sino que gana menos, que no es lo mismo. Dentro de la lógica del capitalismo puro que rige en el campo, tienen la libertad de decidir, frente a sus números, si exportan o no, si producen o no. Si deciden que no, no tienen la carga tributaria. Libertad que no tenemos el resto de los ciudadanos olavarrienses ante las tasas.
Actuar defendiendo el interés propio es legítimo y natural. Pero disfrazarlo de defensa de lo colectivo no es compatible con la ética. Agitar fantasmas que no son, inclusive es negativo para quienes lo impulsan, porque actúa como la fábula de Esopo del pastor de ovejas mentiroso, que anunciaba a los vecinos reiteradamente la llegada del lobo y no era cierto, con lo cual dejaron de creerle, hasta que llegó de verdad y como nadie le creyó, mató a todo el rebaño.
Luis Cavalli es abogado Especialista en el Régimen Jurídico de los Recursos Naturales por la UBA. Es autor del libro “Derecho Agrario Ambiental”. En coautoría con Dino Bellorio Clabot. Editorial Ad HOC. Año 2010. El profesor del curso “Contratos Agrarios” de la Fundación CIJUSO del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires
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