Confirmaron la prisión preventiva para un olavarriense acusado de atacar a su abuelo y violar restricciones judiciales


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirmó la prisión preventiva de un joven olavarriense acusado de una serie de delitos que tienen como víctima a su abuelo.

Se trata de hechos calificados como robo agravado, lesiones, amenazas, violación de domicilio, daños, desobediencia y resistencia a la autoridad.

La resolución fue dictada por los jueces Carlos Paulino Pagliere y Gustavo Agustín Echevarría, quienes rechazaron el recurso presentado por la defensora particular del imputado.

La defensa había solicitado la libertad inmediata del acusado y cuestionó la prisión preventiva dispuesta previamente por el juez de Garantías de Olavarría, Carlos Eduardo Villamarín.

El planteo de la defensa

Entre otros argumentos, la defensa sostuvo que el hecho más grave atribuido al acusado tuvo como víctima a su abuelo y que el dinero sustraído había sido restituido, por lo que pidió aplicar la extinción de la acción penal por reparación integral del perjuicio.

Además, remarcó que el joven posee certificado de discapacidad desde la niñez, antecedentes de internaciones psiquiátricas y tratamiento por adicciones.

También aseguró que el acusado no lograba comprender plenamente las restricciones judiciales de acercamiento impuestas en causas de familia.

La Cámara, sin embargo, rechazó esos planteos.

El juez Pagliere sostuvo que la reparación económica no extingue automáticamente la acción penal y remarcó que ese mecanismo debe aplicarse conforme a las reglas procesales vigentes.

El informe psiquiátrico

Uno de los puntos centrales del fallo fue el análisis de la situación de salud mental del imputado.

La Cámara valoró especialmente una pericia psiquiátrica realizada por profesionales de la Asesoría Pericial de Azul, donde se concluyó que el acusado comprende la criminalidad de sus actos y no presenta una enfermedad mental que lo vuelva inimputable.

En ese informe se indicó que presenta problemas de consumo de sustancias, rasgos impulsivos y conductas antisociales, aunque sin alteraciones psicóticas.

Las peritas señalaron además que el joven mostraba “nula empatía, con tendencia a minimizar y naturalizar transgresión a las normas y convenciones sociales, que se encuentra en condiciones de comprender”.

También concluyeron que “no surgen indicadores (…) compatibles con un compromiso del estado de conciencia asociado al período de los hechos denunciados”.

En esa línea, la Cámara descartó aplicar la inimputabilidad prevista en el artículo 34 del Código Penal.

“Una medida razonable, necesaria y proporcional”

Los jueces consideraron que la prisión preventiva continúa siendo adecuada para garantizar el proceso judicial.

El fallo remarca que la situación de consumo problemático del acusado compromete su capacidad para cumplir eventuales reglas de conducta en libertad.

Por eso, la Cámara entendió que, por el momento, no corresponde una medida menos gravosa.

De todos modos, dejó abierta la posibilidad de que la defensa solicite una eventual internación en una institución especializada en adicciones para evaluar más adelante otra alternativa procesal.

Finalmente, los magistrados resolvieron “rechazar por improcedente el recurso de apelación” y confirmar la prisión preventiva del imputado.

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