La Junta Electoral bonaerense busca cambiar los plazos electorales y regular las campañas


La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires aprobó un anteproyecto de ley para modificar distintos aspectos de la normativa electoral bonaerense y pidió al Gobierno provincial que impulse su tratamiento legislativo. La iniciativa propone cambios en los plazos para la presentación de alianzas, listas y boletas, además de incorporar nuevas reglas para las campañas electorales, la difusión de encuestas y la publicidad oficial.

El proyecto fue enviado al Ministerio de Gobierno bonaerense y apunta a reformar artículos de la ley electoral 5.109, de la ley 14.086 de elecciones primarias y del decreto-ley 9889/82 de partidos políticos. La propuesta busca evitar los inconvenientes registrados durante el proceso electoral de 2025, cuando el desdoblamiento de las elecciones provinciales generó cuestionamientos por los tiempos administrativos y la utilización de distintos sistemas de votación.

Entre los principales cambios, el anteproyecto establece que las alianzas electorales deberán inscribirse al menos 80 días antes de las PASO, mientras que las listas de candidatos tendrán que presentarse 60 días antes de los comicios. En tanto, las boletas partidarias deberán oficializarse 45 días antes de la elección.

Para las elecciones provinciales realizadas el 7 de septiembre de 2025, la Legislatura bonaerense había dispuesto plazos más acotados: las listas se presentaron con 50 días de anticipación y las boletas con 30 días previos a la votación.

Desde la Junta Electoral argumentaron que los plazos actuales resultan insuficientes para garantizar un proceso ordenado y señalaron que el volumen de trabajo vinculado a la oficialización de candidaturas y boletas vuelve “impracticable” cumplir con las etapas previstas en la legislación vigente.

Cambios en alianzas y boletas

El artículo 1 del proyecto establece que las alianzas transitorias deberán presentarse de manera unificada en todos los distritos y categorías en las que participen, sin posibilidad de que alguno de los partidos integrantes compita por separado en determinadas secciones electorales.

Además, el artículo 3 modifica el régimen de presentación de listas para las elecciones primarias y fija un plazo de hasta 60 días antes de los comicios para la inscripción de candidaturas.

Uno de los puntos centrales aparece en los artículos 4 y 6, vinculados con las boletas de sufragio. Allí se establece que los modelos de boleta deberán presentarse 45 días antes de la elección y que, una vez oficializados, los apoderados contarán con cinco días para entregar los ejemplares correspondientes a cada mesa.

El proyecto también modifica el artículo 66 de la ley electoral bonaerense y dispone que la convocatoria a elecciones deberá realizarse con al menos 90 días de anticipación. A su vez, las autoridades de mesa para las PASO deberán ser designadas 30 días antes de los comicios.

Nuevas reglas para campañas y encuestas

El anteproyecto incorpora además el artículo 114 bis a la ley 5.109, que regula distintos aspectos de la campaña electoral. Según la propuesta, la campaña comenzará 60 días antes de la elección y finalizará 48 horas antes de la votación.

La propaganda en medios audiovisuales, gráficos y radiales sólo podrá difundirse durante los últimos 15 días previos a los comicios.

También se establece que las encuestas y sondeos electorales podrán publicarse hasta ocho días antes de la elección, mientras que quedará prohibida su difusión durante las 48 horas previas a la votación. En paralelo, las proyecciones sobre resultados electorales recién podrán difundirse tres horas después del cierre de los comicios.

Otro de los puntos incorporados prohíbe la realización de actos de gobierno o publicidad oficial durante los 15 días previos a la elección cuando puedan inducir el voto a favor de candidatos.

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