Loma Negra: Ordenaron la inmediata liberación de un hombre denunciado por abuso sexual

Se trata de una resolución de segunda instancia firmada este martes por los jueces que integran la Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Azul.


La Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Azul en una resolución unánime firmada en la mañana de este martes 12 de agosto ordenó la inmediata liberación de un olavarriense de 50 años que en el mes de mayo había sido detenido en un operativo que se llevó adelante Santa Elena y Entre Ríos en la localidad de Loma Negra.

El hombre enfrentaba una causa penal caratulada como “Abuso Sexual Gravemente Ultrajante Agravado por ser cometido a un ascendiente

Los antecedentes

En principio, y antes de la decisión de este martes, hay que mencionar que el 11 de julio pasado los jueces que integran Tribunal Criminal Nº 1 de Azul decidieron, por mayoría, desestimaron un pedido de inconstitucionalidad del Art. 63 del Código Penal y declararon extinguida por prescripción la acción penal que por los delitos de Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido por ascendiente que se le imputaban a este hombre.

Al sujeto lo habían denunciado por reiterados hechos que tenían como víctima a una hija del hombre y que habrían ocurrido entre los años 2006 y 2007.

También – el 11 de julio pasado – los jueces del TOC N° 1 dictaron el sobreseimiento del hombre y, ya aquel día, ordenaron la inmediata libertad.

Frente a esa decisión de la primera instancia, interpuso recurso de apelación la Fiscal titular de la Unidad Funcional de Instrucción, Flagrancia y Juicio N° 4, Dra. María Paula Serrano junto con el Fiscal General Departamental, Marcelo Sobrino.

La decisión de la Cámara

El fallo que ahora ratificó el sobreseimiento y ordenó la libertad del hombre lleva la firma de los doctores Damián Pedro Cini y Gustavo Agustín Echevarría, ambos integrantes de la Cámara Penal de Azul.

Quien fundó las razones para mantener el sobreseimiento del hombre fue el Juez Damián Pedro Cini quien desarrolló amplios argumentos a los que luego adhirió su colega Echevarria.

Lo centra de la Resolución da cuenta que el último hecho que se habría perpetrado ocurrió en diciembre de 2007 y el hombre fue llamado a indagatoria, audiencia del art. 308, el 21 de diciembre de 2020. «Ha transcurrido con holgura los doce años previstos por nuestra legislación de fondo como plazo para la prescripción de la acción penal (…) concluyo que la acción penal se encuentra extinguida por prescripción», dice el Juez Cini.

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