Rechazaron las salidas transitorias para “Popó” Brandán Juárez, uno de los líderes del motín de Sierra Chica

Brandán Juárez (Foto: Rodolfo Palacios)

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul rechazó este miércoles 26 de agosto el pedido de salidas transitorias de Marcelo Alejandro “Popó” Brandán Juárez, uno de los líderes del histórico motín de Sierra Chica de 1996, y confirmó la resolución de la jueza de Ejecución Penal N° 2 de General Alvear que también había denegado su incorporación al régimen abierto.

La decisión fue adoptada por los jueces Carlos Paulino Pagliere (h) y José Alberto Moragas, quienes analizaron el recurso presentado por los defensores particulares Enrique Villarreal, Dell Rocca y Diego Alejandro Solowiej.

Brandán Juárez, conocido como “Popó”, fue uno de los integrantes de Los Doce Apóstoles, el grupo de internos que protagonizó el sangriento motín de la Unidad Penal de Sierra Chica en 1996. Aquel episodio se extendió durante ocho días y terminó con una toma de rehenes y varios asesinatos. Por esos hechos y otros delitos, Brandán Juárez cumple una reclusión perpetua, en el marco de una condena unificada.

El condenado había recuperado la libertad en 2010 tras la aplicación del entonces vigente régimen del 2×1, pero volvió a ser detenido en enero de 2011, acusado de participar en el secuestro de un comerciante y de protagonizar un enfrentamiento armado con policías. Desde entonces permanece nuevamente privado de su libertad.

El planteo de la defensa

Los defensores sostuvieron que Brandán Juárez se encontraba en condiciones de acceder a los beneficios solicitados. Entre sus argumentos destacaron el tiempo que lleva privado de su libertad, el arraigo y la contención familiar, además de informes penitenciarios que consideraron favorables.

También señalaron que las salidas transitorias podían ser otorgadas bajo determinadas condiciones y que, ante un eventual incumplimiento, el beneficio podía ser revocado.

La defensa planteó además que la negativa cuestionada afectaba el principio de progresividad de la pena.

La evaluación penitenciaria fue determinante

La Cámara confirmó el rechazo de las salidas transitorias porque consideró que, aunque Brandán Juárez reúne varios de los requisitos objetivos previstos por la legislación, no cuenta actualmente con una evaluación criminológica favorable.

El Departamento Técnico Criminológico había señalado que el interno logró mejorar su comportamiento durante el último período, pero advirtió que su participación en las actividades tratamentales todavía era parcial.

El organismo también recomendó que continuara transitando las distintas etapas del tratamiento penitenciario para adquirir progresivamente mayores niveles de autonomía y autorregulación, debido a que había sido incorporado recientemente a un régimen semiabierto y todavía no había transcurrido un período suficiente para evaluar su adaptación.

A ese informe se sumó una evaluación psicológica que señaló reparos respecto de la forma en que Brandán Juárez analiza el delito por el que cumple condena. La profesional sostuvo que no advertía un proceso suficiente de reflexión sobre su conducta y recomendó un espacio terapéutico individual.

Para el juez Pagliere, esos elementos justificaban mantener por el momento la decisión de no conceder las salidas transitorias.

La resolución de la Cámara

Los jueces resolvieron rechazar por improcedente el recurso de apelación contra la denegatoria de las salidas transitorias y confirmar la resolución de la jueza Bianco.

Respecto del régimen abierto, la Cámara consideró que el recurso era inadmisible, al entender que no se había demostrado que la decisión de la jueza de Ejecución fuera arbitraria o absurda.

De esta manera, Marcelo “Popó” Brandán Juárez continuará privado de su libertad sin acceso a salidas transitorias ni al régimen abierto, al menos bajo las condiciones evaluadas en esta instancia judicial.

La Cámara dejó así firme la decisión de primera instancia y consideró que, antes de avanzar hacia mayores niveles de libertad, Brandán Juárez deberá continuar con el proceso de tratamiento penitenciario y demostrar una evolución suficiente en los aspectos observados por los equipos técnicos.

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