Un comerciante acudió a la Justicia tras el cierre de su bar y cuestionó la decisión del Municipio

Un comerciante de Olavarría acudió a la Justicia luego de que la Municipalidad rechazara la renovación de la habilitación de su establecimiento y dispusiera el cese de la actividad.
A través de una presentación patrocinada por la abogada Mirta Leonor Tavernini, el comerciante promovió una pretensión anulatoria contra el Municipio y solicitó, además, una medida cautelar urgente para que se suspendan los efectos de la disposición y se permita provisoriamente la reapertura.
La acción judicial cuestiona la Disposición N.º 689/2026, dictada el 31 de julio, mediante la cual la Municipalidad desestimó el pedido de renovación de la habilitación del establecimiento ubicado en calle Mitre al 4000 y ordenó al responsable cesar inmediatamente con el desarrollo de la actividad comercial.
Según surge de la presentación, el comerciante sostiene que la decisión municipal le provoca un perjuicio económico directo debido a que la explotación del establecimiento constituye su principal fuente de ingresos. También señala que allí trabajan otras personas cuyos ingresos dependen de la continuidad de la actividad.
El cuestionamiento a los incidentes registrados en la zona
Uno de los principales argumentos planteados ante la Justicia está relacionado con un informe administrativo utilizado por el Municipio para fundamentar la decisión.
Según se detalla en la presentación judicial, el informe relevó distintos hechos registrados en el sector comprendido por calle Mitre al 4000, entre Avenida Urquiza y Berutti. Allí se consignaron 12 casos categorizados como ruidos molestos, 11 como disturbios y 10 en los que se mencionan confrontaciones.
El propio informe, según se indica en la demanda, establece que existe superposición entre esas categorías y contabiliza finalmente 24 incidentes distintos relacionados con ruidos molestos, disturbios o confrontaciones.
La defensa del comerciante sostiene que la existencia de esos episodios en un determinado sector geográfico no demuestra por sí misma que hayan sido provocados por la actividad del establecimiento.
En ese sentido, plantea que para atribuir responsabilidad al comercio debería establecerse, respecto de cada hecho, la fecha, hora y lugar exactos, quiénes estuvieron involucrados, si se trataba de clientes, si el establecimiento se encontraba abierto y si existió una constatación directa por parte de las autoridades.
También reclama conocer si hubo intervención policial, actas municipales, mediciones objetivas de ruido u otros elementos que permitan establecer una relación concreta entre los incidentes y la actividad comercial.
Un episodio ocurrido a las 17:48
La presentación hace especial referencia a uno de los hechos mencionados en el informe: una confrontación con armas registrada a las 17:48 horas.
El comerciante sostiene que el establecimiento funciona exclusivamente los viernes, sábados y domingos, aproximadamente entre las 22 y las 4:30.
Por ese motivo, considera necesario determinar la fecha exacta y el lugar del episodio, quiénes participaron y si alguna de esas personas tenía relación con el comercio. También plantea que debe establecerse si el establecimiento se encontraba abierto al momento de la confrontación.
La demanda sostiene que, si el hecho ocurrió fuera de los días y horarios de funcionamiento, se trataría de un elemento relevante para cuestionar su vinculación con el comercio.
La discusión por la consulta a los vecinos
Otro de los puntos centrales del planteo judicial está relacionado con una condición establecida anteriormente por la Municipalidad.
En marzo de este año, mediante la Disposición N.º 209/2026, se había dispuesto una renovación provisoria de la habilitación y se establecieron distintas condiciones para la continuidad de la actividad.
Entre ellas, el artículo 1.º inciso n) estableció que “en el plazo otorgado se consultará a los vecinos la continuidad de la actividad sin molestia a los mismos”.
La posterior Disposición N.º 689/2026 consideró que esa condición no habría sido cumplida.
La parte actora cuestiona esa interpretación y sostiene que el texto de la disposición establecía la obligación de realizar una consulta, pero no indicaba expresamente que la continuidad de la actividad quedara supeditada a obtener una conformidad determinada de los vecinos.
Por eso, reclama que se determine si la consulta efectivamente fue realizada, quiénes fueron consultados y cómo fueron ponderados sus resultados.
Piden una reapertura provisoria
Además de cuestionar la validez de la disposición municipal, el comerciante solicitó el dictado de una medida cautelar urgente de contenido positivo.
El pedido apunta a suspender provisoriamente los efectos de la Disposición N.º 689/2026 y ordenar a la Municipalidad que permita la reapertura del establecimiento mientras se resuelve la cuestión de fondo.
La solicitud no implica, según se aclara en la presentación, que el comercio quede fuera del control municipal. Por el contrario, se ofrece mantener las facultades de inspección y fiscalización, así como el cumplimiento de las condiciones de seguridad, higiene, capacidad y horarios que correspondan.
El planteo también incluye un pedido de medida interina inmediata, fundamentado en el tiempo que lleva cerrado el establecimiento y en el perjuicio económico que, según sostiene el comerciante, se incrementa con cada jornada sin actividad.
La prueba que pidió incorporar
Para respaldar su planteo, la parte actora solicitó que la Municipalidad remita el expediente administrativo completo y toda la documentación vinculada con la decisión.
Entre otros elementos, pidió acceder a las actuaciones correspondientes a los 24 incidentes mencionados en el informe, con sus fechas, horarios, ubicaciones, denuncias originales, actas de inspección y eventuales intervenciones policiales.
También solicitó específicamente la documentación correspondiente al episodio de la confrontación con armas registrado a las 17:48 y toda constancia que permita establecer una eventual vinculación entre los hechos y el establecimiento.
A su vez, ofreció como testigos a cuatro vecinos de las inmediaciones, quienes podrían declarar sobre los horarios de funcionamiento, los ruidos, los eventuales disturbios y las características de la actividad.
La presentación sostiene finalmente que la decisión de impedir completamente el funcionamiento del comercio resulta desproporcionada y que la Municipalidad cuenta con otras herramientas de fiscalización y control que podrían aplicarse antes de disponer el cierre.
El planteo quedó ahora sometido a consideración de la Justicia, que deberá resolver tanto la medida cautelar solicitada como, posteriormente, la cuestión de fondo respecto de la validez de la disposición municipal.