La Cámara de Apelaciones de Azul rechazó excarcelar a un olavarriense condenado por abuso sexual
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul rechazó un recurso presentado por la defensa de José Oscar Lado, un hombre oriundo de Olavarría, y confirmó la resolución que le negó la excarcelación bajo la modalidad de libertad asistida en términos de libertad condicional.
La decisión fue tomada por los jueces Carlos Pagliere y Damián Pedro Cini, quienes ratificaron lo resuelto previamente por la jueza Alejandra Raverta, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Azul.
Lado fue condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado, previsto en el artículo 119 del Código Penal. Si bien la defensa sostuvo que los hechos investigados ocurrieron en 2016 —antes de la reforma legal que endureció las condiciones para acceder a la libertad condicional en este tipo de delitos—, el tribunal entendió que igualmente no corresponde otorgar el beneficio.
Los jueces explicaron que la ley provincial de ejecución penal (12.256) ya establecía, al momento de los hechos, restricciones para que personas condenadas por delitos contra la integridad sexual accedan a beneficios como libertad asistida, semilibertad o salidas transitorias.
En ese sentido, remarcaron que el artículo 100 de esa norma impide conceder esos beneficios a condenados por delitos como el que motivó la sentencia contra Lado.
Además, la Cámara rechazó el planteo de la defensa que pedía declarar inconstitucional esa normativa. Los magistrados recordaron que la Suprema Corte de Justicia bonaerense ya ha validado la constitucionalidad de estas limitaciones para delitos graves.
De esta manera, el tribunal resolvió rechazar la apelación presentada por la defensa y confirmar la negativa a conceder la excarcelación, por lo que el condenado continuará detenido.
La condena
Lado, de 43 años y oriundo de Olavarría, fue condenado a seis años de prisión en un juicio abreviado realizado en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº2 de Azul.
Según se acreditó en la causa, abusó sexualmente en reiteradas oportunidades de su entonces esposa, hechos ocurridos durante 2016 y abril de 2017 en una vivienda de la ciudad de Olavarría, donde ambos convivían.
La sentencia dio por probado que el hombre utilizó la fuerza para mantener relaciones sexuales contra la voluntad de la víctima. Como agravantes, la jueza valoró la situación de vulnerabilidad de la mujer por su condición de género y el abuso del vínculo de confianza propio del matrimonio.
La investigación se inició a partir de la denuncia de la víctima contra su exmarido. Su testimonio resultó clave para reconstruir los hechos y sostener la acusación que derivó en la condena.