Nuevo revés para el Municipio: «Condicionar la licencia de conducir al pago de infracciones de otra jurisdicción persigue un fin recaudatorio»
No es la primera medida de estas características en las últimas semanas. Los fundamentos.

El doctor Pablo Gabriel Quaranta, juez del Juzgado Contencioso Administrativo de Azul, ordenó este miércoles que la Municipalidad de Olavarría «facilite el inicio y, de corresponder, la finalización del trámite de renovación de la licencia de conducir» de un camionero de Olavarría que había presentado una demanda a principio del mes de septiembre.
La decisión judicial es una medida cautelar dictada en el marco de ese proceso contencioso administrativo.
Al fundamentar su decisión, el doctor Pablo Gabriel Quaranta señaló: «cabe señalar que la normativa nacional (Ley 24.449) no exige el pago de infracciones como requisito para la obtención de la licencia» y explica, «la obligación surge del Decreto Reglamentario 532/09, cuyo artículo 10 inciso 3 estableció el requisito de “libre deuda de infracciones de tránsito”.
Quaranta dejó aclarado -y de hecho adhiere- que la jurisprudencia de la Cámara Contenciosa Administrativa de Mar del Plata ha declarado la inconstitucionalidad de esa previsión reglamentaria, por resultar irracional e incongruente con los fines de la ley.

Para el Juez de Azul el vecino que interpuso el amparo encuentra «fundamento jurídico razonable» para que la Municipalidad de Olavarría le reestablezca el derecho a renovar la licencia sin condicionamientos a los que califica de «indebidos».
Y en el párrafo final de sus fundamentos dice con claridad: «se observa que condicionar la licencia al pago de infracciones de otra jurisdicción persigue un fin recaudatorio que se aparta del objetivo de seguridad vial.»
Los antecedentes del caso
En los primeros días del mes de septiembre el vecino de Olavarría beneficiado por la medida cautelar dictada este miércoles, se presentó en los estrados judiciales con el patrocinio letrado del doctor Nicolás Ignacio Vera Prinos.
En el inicio de la demanda manifestó que el trámite para lograr la licencia de conducir se encontraba bloqueado debido a que al momento de iniciar el proceso de renovación se le emitió una boleta de pago electrónica por un monto total de $1.652.945,00, integrado por $6.800,00 en concepto de trámite y $1.646.145,00 en concepto de infracciones radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fue allí que en la oficina de licencias de conducir le indicaron que en en caso de no pagar, su trámite quedaría inconcluso.
Siempre que el vecino reclamó en esa dependencia Municipal se le argumentó el rechazo citando la existencia del Convenio de Recaudación N.º 4484 con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que incorpora las presuntas deudas de otras jurisdicciones.