Revés judicial para el Municipio: rechazaron el pedido de exclusión de tutela sindical contra un dirigente gremial
El Tribunal de Trabajo de Olavarría rechazó la acción sumarísima impulsada por la administración e Maximiliano Wesner para excluir la tutela sindical del trabajador municipal y dirigente gremial Facundo Joaquín Manuel Galanti, referente del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales en nuestra ciudad.

La demanda había sido presentada por el Ejecutivo local con el objetivo de obtener autorización judicial para aplicar un apercibimiento disciplinario al trabajador, a quien acusaban de haberse retirado de su lugar de trabajo sin autorización y de no registrar correctamente ingresos y egresos en el reloj de control.
Sin embargo, el fallo firmado por los jueces Guillermo Oscar López Arévalo, Christian Marcelo Benítez y María Clarisa Baldoni concluyó que el Municipio no logró acreditar las faltas atribuidas al dirigente gremial.
En uno de los tramos centrales de la sentencia, el Tribunal sostuvo que “el agente Sr. Galanti no ha cometido falta alguna que amerite la exclusión de tutela sindical pretendida por la Municipalidad de Olavarría”.
El cambio de postura del Municipio
Uno de los puntos más duros del fallo estuvo vinculado al cambio de postura del Ejecutivo municipal durante el proceso judicial.
Inicialmente, la propia Municipalidad reconocía al trabajador como secretario general del sindicato y promovía la acción para obtener la exclusión de tutela sindical. Sin embargo, antes de la audiencia final intentó declarar abstracta la causa argumentando que “no poseía tutela sindical”.
El Tribunal cuestionó esa modificación y señaló que el Municipio incurrió en una conducta incompatible con la doctrina de los actos propios.
En ese sentido, el juez López Arévalo afirmó que “tal proceder de la administración pública municipal es violatorio de la doctrina de los actos propios” y agregó que la comuna “no puede válidamente modificar la postura inicial sostenida en su líbelo de inicio”.
La sentencia le otorgó especial relevancia al testimonio de Emilia Díaz, superior jerárquica del trabajador durante el período investigado.
Según se detalla en el fallo, Díaz explicó que el dirigente no desarrollaba tareas exclusivamente en el vivero municipal y que habitualmente debía trasladarse a otras dependencias municipales para reuniones, talleres, capacitaciones y distintas actividades vinculadas al área.
También declaró que el trabajador tenía autorización para utilizar vehículos oficiales y que participó, junto a otros agentes y funcionarios, de asambleas vinculadas a reclamos salariales.
El Tribunal destacó especialmente la credibilidad del testimonio y afirmó: “la testigo fue espontánea, sincera, veraz y dio suficiente razón de sus dichos”.
Otro de los aspectos señalados por la sentencia fue que el Municipio ya había aplicado descuentos salariales antes del inicio de la causa judicial.
La pericia contable incorporada al expediente determinó que al dirigente gremial se le dejaron de liquidar distintos conceptos, entre ellos presentismo, puntualidad y horas extras.
Sobre ese punto, el fallo sostuvo que la Municipalidad actuó “en franca violación a las disposiciones que dimanan de los Arts. 52 y concordantes de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales”.
Finalmente, el Tribunal resolvió rechazar la acción sumarísima promovida por la Municipalidad de Olavarría y ratificó la tutela sindical del dirigente gremial como secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Olavarría.
Además, impuso las costas del proceso a la parte actora, es decir, al Municipio.