Las obras sociales y prepagas deberán cubrir anticonceptivos de larga duración

Así lo establece una resolución de Salud de la Nación en referencia a dos métodos que ya estaban disponibles en hospitales

Los métodos anticonceptivos de larga duración disponibles desde hace cinco años en el sistema público de salud deberán ahora ser cubiertos también al 100% por las empresas de medicina prepaga y las obras sociales a aquellas afiliadas que los requieran.

La medida, que involucra al implante subdérmico y el sistema intrauterino de liberación de levonorgestrel, comenzó a regir al ser publicada en el Boletín Oficial.

“Con esta decisión completamos la canasta de insumos de métodos anticonceptivos gratuitos en el Programa Médico Obligatorio (PMO)”, señalaron desde la dirección de Salud Sexual y Reproductiva de la Nación al explicar que la medida obliga también a las obras sociales a reconocer de manera integral la colocación y extracción del DIU.

“Además de tener que cubrir al 100 por ciento estos dos métodos anticonceptivos de larga duración, la resolución obliga también a las obras sociales y prepagas, algunas de las cuales no se hacían cargo de la colocación y extracción del DIU de cobre, a que también tengan que brindar esta prestación en forma integral”, explicó la ginecóloga Silvia Oizerovich, directora de Salud Sexual y Reproductiva de la Nación.

Incorporados ya desde 2014 en el Programa Nacional de Salud Sexual para mujeres sin obra social, el implante subdérmico y el sistema intrauterino de liberación de levonorgestrel son dos métodos anticonceptivos de larga duración pero que tienen cada uno su propia indicación médica.

El implante subdérmico consiste en una varilla flexible del tamaño de un fósforo que se implanta debajo de la piel del brazo, donde libera una
hormona que evita la ovulación. El modelo que se encuentra disponible en Argentina tiene una eficacia anticonceptiva de tres años y un índice de
seguridad de 99,5%, cuya efectividad no depende de la usuaria. Una vez retirado el implante, la mujer recupera su fertilidad.

Según los criterios de elegibilidad de la OMS, casi todas las mujeres pueden ser usuarias del implante subdérmico, que está especialmente recomendado para aquellas con contraindicación de estrógenos,
como es el caso de las tabaquistas de más de 35 años o bien quienes sufren migraña con aura, diabetes con nefropatía o hipertensión arterial.

Es por eso que la nueva resolución de la secretaría de Salud establece que las obras sociales y prepagas sólo tendrían la obligación de cubrirlos
cuando exista una indicación médica originada porque las mujeres sufren “menorragia, endometriosis, adenomiosis, leiomiomas uterinos u otra enfermedad sistémica que contraindica el uso de anticonceptivos hormonales y DIU” tradicional.

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