Condenan a la Provincia a pagar más $50 millones a una policía de Bolívar lesionada camino al trabajo


El Tribunal de Trabajo de Olavarría condenó a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires a indemnizar con $49.298.841,45 a una agente policial de la ciudad de Bolívar que sufrió lesiones en un accidente de tránsito mientras se dirigía a prestar servicio.

En el mismo fallo, los magistrados declararon la inconstitucionalidad del DNU 669/2019, al aplicar la doctrina fijada por la Suprema Corte bonaerense.

El accidente ocurrió el 29 de octubre de 2023, cuando la trabajadora viajaba como acompañante en un automóvil que fue embestido por otro vehículo mientras se dirigía desde su domicilio hacia su lugar de trabajo. Como consecuencia del impacto sufrió lesiones en el hombro izquierdo, la pierna izquierda y la cabeza.

Si bien la Comisión Médica había concluido que no presentaba incapacidad laboral, durante el proceso judicial una pericia médica determinó que las secuelas le provocaron una incapacidad física permanente del 10,64%.

Al analizar esa prueba, el juez Guillermo López Arévalo sostuvo que ««No encuentro fundamento ni elemento objetivo alguno para apartarme de las conclusiones del perito actuante»», por lo que dio por acreditada la incapacidad física reclamada.

En cambio, el Tribunal rechazó por mayoría el reclamo por daño psicológico. La pericia había establecido una incapacidad del 5%, aunque también indicó que la trabajadora debía realizar tratamiento psicológico.

Sobre ese punto, López Arévalo entendió que ««la incapacidad determinada por la perito psicóloga en modo alguno es parcial, permanente y definitiva»», ya que la propia especialista explicó que el cuadro podría revertirse con el tratamiento recomendado.

La jueza María Clarisa Baldoni votó en disidencia respecto de ese aspecto. En su voto afirmó que ««la indicación de tratamiento psicológico no desvirtúa la permanencia de la minusvalía fijada pericialmente»» y agregó que ««sólo la acreditación técnica de remisión total lo autoriza, cuestión que aquí no se acredita»», por lo que consideró que esa incapacidad también debía ser reconocida.

Otro de los aspectos relevantes del fallo fue la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/2019, que modificó el régimen de actualización de las indemnizaciones por accidentes laborales.

En ese sentido, el juez sostuvo que ««no puede nuestro Tribunal ignorar la doctrina legal reciente de nuestro Cimero Tribunal de la Provincia de Buenos Aires»», en referencia al precedente «Muzychuk», razón por la cual resolvió ««decretar sin más trámite la inconstitucionalidad del D.N.U. 669/2019»».

Como consecuencia de esa decisión, el Tribunal aplicó el régimen previsto por las leyes 24.557, 26.773 y 27.348 para calcular la indemnización.

La sentencia también rechazó el planteo de la Fiscalía de Estado bonaerense para contar con un plazo de 60 días para cumplir el fallo. Los jueces entendieron que ese beneficio corresponde exclusivamente a los procesos contencioso-administrativos y no a un reclamo derivado de un accidente laboral, por lo que ordenaron que la condena sea abonada dentro de los diez días de notificada.

Durante el tiempo que duró el proceso en el Tribunal de Trabajo de Olavarría la oficial de policía fue patrocinada por el doctor Jaime Sebastián Suñol.

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