Un Juez de Daireaux volvió a habilitar la notificación por WhatsApp: Ahora en un caso de honorarios
El Juzgado de Paz de Daireaux autorizó nuevamente la notificación por WhatsApp en un proceso judicial, esta vez en el marco de una ejecución de honorarios profesionales, destacando el carácter alimentario de los mismos y la eficacia comprobada del sistema.

La resolución fue dictada por el juez Javier Pablo Heredia.
El caso se originó a partir del reclamo de una letrada por el cobro de sus honorarios. Luego de que fracasara la notificación tradicional mediante cédula en soporte papel en el domicilio real del ejecutado, el juzgado analizó la posibilidad de utilizar medios digitales.
En su decisión, el magistrado recordó que si bien los honorarios profesionales no constituyen alimentos en sentido estricto, la Ley 14.967 de la provincia de Buenos Aires les reconoce carácter alimentario, por tratarse del sustento del abogado y su familia.
Sobre esa base, y aplicando por analogía la Ley 15.513 —que habilita en materia alimentaria el uso de aplicaciones de mensajería cuando los medios tradicionales resultan ineficaces— el juez consideró procedente ordenar la notificación mediante WhatsApp.
Además, destacó que desde la pandemia el juzgado viene utilizando este mecanismo en procesos de familia, con un índice de efectividad cercano al 90% en notificaciones de demanda por alimentos.
Garantía de defensa y procedimiento detallado
La resolución subraya que la citación de venta en una ejecución es equiparable, en términos de garantías, a la notificación del traslado de la demanda, ya que habilita al ejecutado a oponer excepciones. Por ello, el tribunal diseñó un procedimiento específico para resguardar el derecho de defensa.
La notificación deberá ser realizada por la Oficial de Justicia, quien primero deberá comunicarse telefónicamente con el demandado para verificar su identidad. Luego se enviará el contenido íntegro de la resolución por WhatsApp, dejándose constancia formal de la recepción y lectura del mensaje mediante los mecanismos que permite la aplicación.
Incluso se prevé la posibilidad de una nueva comunicación telefónica para confirmar la recepción, y se instruye informar al demandado sobre su derecho a contar con asistencia letrada, incluida la intervención de la Defensa Oficial si carece de recursos.
El juez fundamentó la medida en el principio de tutela judicial efectiva, la celeridad procesal y la necesidad de evitar que la ineficacia de los medios tradicionales frustre el cobro de créditos de naturaleza alimentaria.
La decisión vuelve a poner en debate el uso de herramientas tecnológicas en el proceso judicial bonaerense, consolidando una tendencia hacia la flexibilización de los mecanismos de notificación cuando existen garantías suficientes de autenticidad y recepción.