Parque Eólicos: Reclamo de Ingenieros de la Provincia

Piden que cumplan con la normativa vigente. Comunicado del Colegio de Ingenieros de la Provincia


Desde el Colegio de Ingenieros de la provincia de Buenos Aires (CIPBA), reclamaron que las empresas que se encuentran desarrollando proyectos de generación de energía eólica cumplan con las normas vigentes en lo referente a visado de la actuación profesional y presencia de ingenieros matriculados en las distintas etapas de las obras.
 
«La Ley 10.698, que establece el visado previo de toda actuación profesional, obliga al Colegio a controlar que los ingenieros que actúan en la provincia estén  legalmente habilitados para el ejercicio de la profesión, lo hagan de acuerdo con el perfil y alcance de sus respectivos títulos para la tarea contratada,  por un honorario no menor al mínimo establecido, y que no registren sanciones éticas», explicó Norberto Beliera, presidente del CIPBA.
 
Las empresas rechazan el cobro de la tasa de visado, argumentando cuestiones económicas, pero el verdadero riesgo es que la no actuación del Colegio como contralor, es que las obras no ofrezcan las garantías que exigen las leyes de la provincia para la instalación de éstos, y otros tipos de emprendimientos.
 
La Ley 13.114 faculta al CIPBA al cobro de una Tasa de Visado, cuyo valor hoy es del 2,5% del honorario profesional, además la Ley 12490 obliga al pago del 10% del honorario en concepto de aporte jubilatorio a la Caja de Previsión, y la provincia, a través de la agencia de recaudación (ARBA), percibe el impuesto de Sellos del contrato profesional, que tiene una alícuota del 1,2% del monto del honorario del Ingeniero, lo que configura el total de los costos que se desprenden de la actuación profesional.
 
Por eso, Beliera remarcó que «a las personas pueden gustarle, o no las leyes vigentes, lo que no deben hacer es desconocerlas, y mucho menos, violarlas», y agregó que «las autoridades del CIPBA están a disposición de quien quiera consultarlas y dialogar respecto de las obligaciones que el Estado provincial les ha delegado en lo que concierne al Control del Ejercicio profesional de los Ingenieros en la provincia de Buenos Aires».
 
Vale aclarar que el visado del CIPBA, como la actuación de profesionales matriculados no se trata de una decisión «opcional» para las empresas, sino que forma parte de las exigencias legales para la ejecución de obras de ésta como de cualquiera otra especialidad y envergadura, y la única forma de garantizar que los trabajos sean realizados por ingenieros con las incumbencias y conocimientos necesarios.

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