Vía Pública: “El mantenimiento de las veredas es responsabilidad de los vecinos”
Lo dijo el Dr. Esteban Librandi, en declaraciones periodísticas, quien refirió al tema e hizo hincapié en distintos aspectos que deben tener en cuenta los frentistas.
Particularmente el letrado se refirió a las responsabilidades que le caben a los frentistas a la hora de llevar adelante obras. Estas situaciones generan un sin número de cuestiones alrededor de la obra y deben tenerse en cuenta las responsabilidades civiles.
El Dr. Esteban Librandi brindó una serie de precisiones en diálogo con Radio Olavarría quien destacó: “en primer término la vereda es propiedad del propietario de la casa, y es responsabilidad del titular de la vivienda. No solo en materia de transitabilidad sino también en materia de seguridad.
Esteban Librandi recordó que la semana pasada se dio a conocer un fallo en Capital Federal que sancionó a un vecino que había colocado una defensa a un árbol y un menor sufrió un accidente, siendo el vecino condenado dado que ese tipo de defensas son ilegales.
Librandi comparó este tipo de defensas al árbol con la que existen en algunas esquinas de Olavarría y dijo: “Otras de las cuestiones a tener en cuenta es que las defensas que se colocan en las esquinas de Olavarría, son absolutamente ilegales y agravan la situación procesal del vecino”; dijo Librandi.
Librandi explicó además que “en cuanto a las obras, lo primero que se produce son los escombros” y explicó: “lo primero que se contrata es albañiles, lo primero que debe existir es un responsable técnico de la obra. Los albañiles son gente idónea para el trabajo pero no conocen las reglas que se deben tener fuera de la propiedad. Ese escombro generado es responsabilidad del propietario.”
Frente a esto habló de la contratación de los contenedores y explicó
“Los contenedores que se contratan deben estar registrados, uno no puede llamar a cualquier contenedor, los contenedores al estar registrados están dentro de las normas lo que exime de responsabilidad al propietario.”
Al mismo tiempo indicó que también, pese a la presencia de contenedores, “cuando sacan los escombros, hacen el pastón frente al contenedor lo que entre otras cosas provoca el normal escurrimiento del agua. En ese sentido hay que tener mucha responsabilidad dado que es pasible de una sanción por parte del área de Obras Particulares del Municipio.”
“Estas cosas cambian el escenario de la vía pública”, indicó el abogado.
Es lamentable que un funcionario publico NO CONOZCA LA LEY. La vereda es un espacio publico que no es propiedad del frentista. Le recomiendo al letrado VOLVER A LA FACULTAD.
La vereda corresponde al dominio público Municipal, es parte de la calle. En Olavarria las primeras calles cedidas miden 17, 32 metros y comprenden 3 metros de cada vereda y la calzada es decir entre las lineas municipales que separan el dominio privado del público. Las avenidas son de 25.98 y 34.64 metros con 5 metros de vereda incluidas.
También es cierto que la obligación de construir o conservar la vereda es a exclusivo cargo del propietario del terreno. En aquellos casos en que la vereda se encuentre destruida en más de un 20 por ciento de su superficie, es obligatoria la reconstrucción de la misma según determina el reglamento General de Construcciones aprobado por Ordenanza Municipal.