Tandil: La Cámara Penal  desestimó el juicio abreviado que benefició a ex funcionario de Miguel Lunghi


Fuente: ABCHOY – Tandil

En un reciente fallo, la Cámara Penal con asiento en la ciudad de Azul rechazó el acuerdo de juicio abreviado que habían alcanzado el fiscal Ignacio Calonje y la defensa de Luciano Jaureguiber, ex funcionario del intendente municipal de Tandil Miguel Ángel Lunghi.

El hombre está condenado por la causa de la muerte de Sebastián Simón.

También anuló la sentencia del Juez Pocorena declaró inconstitucional el artículo 402 del Código Penal. “Esto va a generar un debate doctrinario importante”, destacó el Dr. Marcelo Argeri, abogado de la familia Simón.

En declaraciones a la 89.1 Radio de la Sierra, Argeri confirmó que fue notificado del fallo de la Cámara, en su rol de representante legal del Particular Damnificado, y explicó que “la resolución es acelerar el recurso que se planteó oportunamente por parte del particular damnificado, declara la inconstitucionalidad de artículo 402 del Código Penal, desestima el acuerdo que hicieron la Fiscalía y el imputado, y anula la sentencia dictada por Pocorena que aceptaba el juicio abreviado, agrandes rasgos”.

“El tema central acá es que el artículo 402 del Código Procesal Penal, expresamente el particular damnificado no puede oponerse al juicio abreviado. Lo que yo considero que de las leyes que te notifican, te comunican a la víctima, la situación del proceso, se da con los dientes contra este artículo, porque ¿para qué vas a comunicar o vas a notificar a una víctima, cuando el Código de Procedimiento te está prohibiendo intervenir? Pero no te puede intervenir al particular damnificado la apelación de la sentencia. El particular damnificado puede, que es lo que hicimos, nosotros nos opusimos al abreviado, al acuerdo y después el juez directamente dictó sentencia, aceptando el abreviado firmado por la fiscalía y el imputado y ahí apelamos”, recordó el letrado.

Así fue que la Cámara, según Argeri, “rechazó y declaró en un fallo novedoso, la inconstitucionalidad del artículo 402 del Código Personal Penal”.

“El expediente se va a ir a otro juez correccional, donde continuará el procedimiento. Y ahí hay varias posibilidades, que bueno, cada cual toma su ruta, su camino. Inclusive el defensor, o el imputado, puede optar en este momento, pero no corresponde que yo me explaye mucho sobre sus posibilidades, porque este es un juego de ajedrez. Cada cuál mueve su ficha, y vos movés la ficha para el lado que te va”, remarcó, en relación a lo que puede ocurrir tras este fallo.

“Tenemos que ver qué actitud hace el imputado, yo no puedo decir qué es lo que piensa o qué es lo que va a hacer. De acuerdo a lo que haga él, hará el particular damnificado”, insistió.

Argeri recordó que “me parece que nosotros ni ofrecimos prueba porque ellos creo que salieron directamente con el juicio abreviado. Ahora esto irá otro juzgado competente, porque la Cámara tiene que haberlo movido por el hecho de haber metido opinión, y tiene que darle el curso de procedimiento. Que se ofrezca la prueba o lo que corresponda, a criterio o la opinión que haga el defensor con respecto al imputado, que en eso no me voy a meter a hablar porque puede haber distintas salidas que yo no debo opinar por ahora”.

Vale recordar que Luciano Jaureguiber permanece excarcelado y el abogado, en relación a la situación procesal del imputado, opinó que “tendría que decidirlo la Fiscalía. Calculo que la Fiscalía tiene que decidir algo o no. Yo voy a decir según lo que diga mi cliente. Diremos o no diremos nada, depende de lo que quiera el papá del fallecido”.

“La excarcelación está. Eso tendrán que ver, porque de acuerdo a lo que existía, estaba en condiciones de tener el beneficio. Pero bueno, ahora veremos a ver qué va a ocurrir y de acá para adelante cómo se va a mover cada uno dentro del procedimiento. Yo, hasta que no quede firme, no voy a decir nada”, explicó.

Reiteró que el fallo le pareció “novedoso”, porque “en el futuro va a dar mucha tela para cortar en todos los aspectos, porque esta es una causa, pero hay 50 causas, o 100. Genera un debate doctrinario importante”.

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