Edicto: Sobre multa a Cooperativa Eléctrica

LA DIRECCIÓN DE DEFENSA AL CONSUMIDOR DE Olavarría, en relación al EXPTE. DMDC/2024-45649 «TUS ROSANA NOEMI C/COOPERATIVA LTDA. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS ANEXOS DE OLAVARRÍA S/INFLEY 24240»
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Imponer a COOPERATIVA LIMITADA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS ANEXOS DE OLAVARRÍA (COOPELÉCTRIC) CUIT N° 30546691392 una MULTA DE CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS PESOS ($158.900,00) prevista por el art. 47 inc. b) de la ley 24.240 y equivalente a medio salario mínimo vital y móvil establecido en el artículo 73 inciso g) de la ley provincial N° 13.133, por haber infringido las disposiciones del artículo 48 de la ley 13.133, art. 42 de la Constitución de la República Argentina y artículo 38 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, con más la suma de pesos tres mil doscientos ochenta y tres ($3.283,−) en concepto de costas por la actuación, de acuerdo a lo establecido en el Dcto. Municipal 103/24 y en el marco de lo dispuesto en el artículo 40) y 40 bis) de la ley 24.240 resarcir a la señora ROSANA NOEMI TUS DNI 25.039.479 la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y SIETE PESOS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($339.047,62) en concepto de daño directo por la falta de reparación del televisor que sufriera la avería por los cortes de energía eléctrica sufrido el 19 de julio de 2024.
ARTÍCULO 2º: La multa y las costas impuestas deberán abonarse en el plazo de diez – – – – – – (10) días hábiles de notificada la presente, debiendo solicitar, las firmas sancionadas, el correspondiente cupón de pago en la Dirección de Defensa del Consumidor y Asuntos Vecinales, sita en calle Coronel Suárez N° 2843 de la ciudad de Olavarría, caso contrario una vez transcurrido el término de ley, se remitirán las actuaciones para su ejecución por vía de apremio, de acuerdo a lo estipulado en los arts. 63), y 64) de la ley 13.133, haciendo constar el número de expediente.
ARTÍCULO 3º: Las firmas sancionadas deberán publicar la parte dispositiva de la – – – – presente en el diario «En Línea Noticias» de la ciudad de Olavarría, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4° (in fine) de la Ley Nacional N° 24.240, bajo apercibimiento de hacerlo esta Autoridad a costa y cargo de los infractores.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, dese al Registro de Resoluciones de la – – – Secretaría de Jefatura de Gabinete, notifíquese a los interesados y oportunamente archívese. – Fdo. María Mercedes Landivar Valerio – Secretaria de Jefatura de Gabinete.
QUEDAD NOTIFICADO OLAVARRÍA, 09 de septiembre de 2025 Dr. Jorge Garaiz Director de Defensa del Consumidor y Relaciones Vecinales