Paritarias Municipales: Los concejales mejorarían sus dietas ante un mínimo acuerdo salarial

Es que la dieta de los legisladores locales está atada al salario de los empleados administrativos, que serían los primeros en tener aumentos según dijo José Salvador Stuppia, Secretario General de los Trabajadores Municipales.


El Secretario General de los Trabajadores Municipales de Olavarría, José Salvador Stuppia, adelantó hace algunas horas atrás que la discusión paritaria con el Ejecutivo se viene desarrollando en el marco de una fuerte advertencia: «no hay plata, no hay un peso partido en dos».

En ese contexto el dirigente sindical le adelantó a los trabajadores y trabajadoras municipales que probablemente la actualización salarial se lleve adelante con «prioridades» de manera tal de beneficiar a los trabajadores municipales que menos ganan o «no profesionales», como dijo el propio Stuppia.

De todas maneras ni el STMO ni el Ejecutivo dieron indicios de cómo y cuándo será el cierre paritario aunque está claro que los concejales y concejalas del Partido de Olavarría tienen altas chances de recibir un incremento en el corto plazo, excepto que haya una decisión política en contrario.

De acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica de las Municipalidades, los 20 concejales del Partido de Olavarría podrían ver aumentos en sus dietas toda vez que las mismas están atadas a los sueldos de los empleados administrativos del Municipio.

De esta manera, de no hacerse exclusiones particulares en la paritaria, los concejales recibirían un aumento incluso antes de agentes municipales que tienen categoría de profesionales dentro de la estructura municipal.

La Ley Orgánica de las Municipalidades, que fija la dieta de los concejales y los intendentes de toda la provincia, dice en el caso de los ediles: «los Concejales percibirán, salvo manifestación expresa en contrario prestada en forma fehaciente y personal por el interesado, una dieta mensual fijada por el Concejo que no podrá exceder de la proporción que establece la siguiente escala: a) Al equivalente de hasta dos (2) meses y medio de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las Comunas de hasta diez (10) Concejales; b) Al equivalente de hasta tres (3) meses de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las Comunas de hasta catorce (14) Concejales; c) Al equivalente de hasta tres meses y medio (3 ½) de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las comunas de hasta dieciocho (18) Concejales; d) Al equivalente de hasta cuatro meses y medio (4 ½) de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las Comunas de hasta veinte (20) Concejales; e) Al equivalente de hasta cinco meses (5) de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las Comunas de hasta veinticuatro (24) Concejales».

Olavarría tiene un Concejo Deliberante integrado por 20 concejales de manera tal que la dieta de los ediles es el equivalente de hasta cuatro meses y medio (4 ½) de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal.

La Ley deja aclarado además que el monto a percibir no puede ser inferior al 50% de esa escala y que además «los Concejales tendrán derecho a percibir los siguientes conceptos: la dieta fijada en cada Concejo Deliberante, la bonificación por antigüedad y el sueldo anual complementario todos los cuales estará sujetos obligatoriamente a aportes y contribuciones previsionales y asistenciales».

Los concejales, además tienen un régimen especial de antigüedad, dado que la Ley Orgánica sostiene que aquellos concejales que «acrediten antigüedad en la administración pública nacional provincial o municipal anterior al 31 de diciembre de 1995, percibirán hasta un tres por ciento (3%) por cada año de servicio prestado y debidamente acreditado, conforme la modalidad adoptada por cada Municipio y que en ningún caso podrá ser menor al porcentaje que percibían los empleados municipales hasta esa fecha» y aquellos concejales que «acrediten antigüedad en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal a partir del 1° de enero de 1996, percibirán un uno por ciento (1%) por cada año de servicio prestado y debidamente acreditado, conforme la modalidad adoptada por cada Municipio».

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