Un abogado no logró una medida cautelar en su intento de que se declare inconstitucional el Pase Sanitario
La Suprema Corte comenzó a esbozar una eventual postura sobre el tema.
Un abogado matriculado en el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires recibió hace algunas horas un duro revés de parte de la Suprema Corte de Justicia que determinó rechazar medidas cautelares en el marco de un pedido de declaración de inconstitucional del “Pase Sanitario Covid” que rige en territorio bonaerense.
En principio se debe explicar que la decisión de la Suprema Corte es respuesta a un amparo presentado por el abogad José Luis Ordóñez, contra la Provincia de Buenos Aires. El nudo de la presentación busca que se declare inconstitucional la resolución conjunta 460/21 dictada por los titulares del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Salud (B.O. de 10-XII-2021), que pone en vigencia el “Pase Sanitario Covid”.
Al abogado, los Ministros de la Suprema Corte, le cuestionaron su demanda desde lo técnico e incluso entre los fundamentos hablan de la falta de argumentación para pedir como medida cautelar ser eximido de “portar un Pase Sanitario conforme la resolución ministerial 460, ya mencionada, a fin de poder ejercer mis derechos constitucionales libremente», hasta tanto recaiga sentencia definitiva en la presente controversia”.
Precisamente lo que busca el letrado, en un inicio con poco éxito, es la declaración de inconstitucionalidad de la decisión ministerial. Será lo que se llamará “cuestión de fondo”.
Si bien la causa terminó radicada en la Suprema Corte, debido a su naturaleza, es válido mencionar que el abogado inició la misma ante el Juzgado en lo Correccional N°3 del Departamento Judicial de Quilmes. Como era de suponer, la titular de dicho juzgado consideró que el amparo “era propia de la competencia originaria y exclusiva que a la Suprema Corte”. La magistrada de grado citó el art. 161 inc. 1 de la Constitución provincial. Así fue como se declaró incompetente y habilitó esta primera resolución.
Al llegar la causa a la Corte se determina primero que, “corresponde radicar la causa ante los estrados de esta Suprema Corte, en la Secretaría de Demandas Originarias, proceder a su recaratulación y otorgar al actor un plazo de diez días para que adecue su postulación”.
Uno de los párrafos más sobresalientes de la resolución firmada sostiene el “actor ve en la resolución que crea el llamado “Pase libre Covid” una medida regulatoria diseñada para que una persona se vea forzada a inocularse con una vacuna que se encuentra actualmente en fase experimental, para así no verse privada de realizar una serie de actividades culturales, deportivas, religiosas o recreativas en espacios cerrados o con masiva concurrencia de personas, efectuar trámites presenciales en dependencias públicas y privadas bajo ciertas condiciones y desempeñarse en trabajos que impliquen atención al público” y agregan al fundamentar “si eso fuese así, teniendo en cuenta que en el pasado se ha llegado a considerar que la vacunación compulsiva no viola la garantía constitucional a la autonomía individual y puede eventualmente justificar la interferencia estatal cuando se vieren perjudicados (…) parecería seguirse que se está ante una reglamentación que -prima facie analizada- no resultaría ostensiblemente conculcatoria de derechos preeminentes. Es que no avanza hasta ese extremo de imposición coercitiva, sino que, respetuosa de la decisión del litigante a no vacunarse, le establece limitaciones y exige esfuerzos -algunos indudablemente importantes, pero siempre comparativamente menores- para no generar un riesgo adicional de contagio para el resto de las personas. Así las cosas, no se evidencia en el caso, al menos en esta etapa preliminar, la conculcación de derechos que tornaría verosímil el planteo cautelar”.
Con este y otros argumentos la Corte con las firmas de la totalidad de sus miembros resolvió radicar la causa en la Secretaría de Demandas Originales del Máximo Tribunal para expresarse acerca de si el “Pase Sanitario” va contra la constitución. Sobre las medidas cautelares pedidas por el abogado, además de tildarlas de mal argumentadas, resolvió rechazar los mismos por lo que hasta ahora no hay ningún impedimento judicial contra el Pase Sanitario.
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