La Corte bonaerense volvió a cuestionar la prohibición de ejercer como abogado y martillero al mismo tiempo

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires declaró inconstitucionales las normas que impiden ejercer simultáneamente las profesiones de abogado y martillero y corredor público. No es la primera vez que el máximo tribunal bonaerense resuelve en ese sentido: ya lo había hecho en otros expedientes, una reiteración de fallos que vuelve a poner en discusión la vigencia de las restricciones y la necesidad de revisar la legislación provincial.
La nueva sentencia se dictó en la causa iniciada por el abogado Ezequiel Gustavo Ourfali, quien acudió a la Justicia luego de que el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de La Matanza le negara la posibilidad de matricularse para ejercer esa actividad mientras mantenía vigente su matrícula como abogado.
El tribunal hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 3, inciso «e», de la ley 5.177 y 3, inciso «a», de la ley 10.973, que establecen incompatibilidades absolutas entre ambas profesiones. La decisión determina que esas restricciones no podrán aplicarse a la situación del demandante.
Un criterio que la Corte ya había sostenido
En su resolución, la Suprema Corte retomó los argumentos de antecedentes en los que ya había examinado la constitucionalidad de estas prohibiciones. Entre ellos se encuentran las causas «Nápoli», de 2020, y «Pavanel Egea» y «Krampitz», ambas de 2023.
En esos pronunciamientos, el máximo tribunal provincial cuestionó que la legislación impidiera el ejercicio simultáneo de las profesiones de manera general, sin diferenciar las situaciones en las que pudiera existir un conflicto de intereses de aquellas en las que ambas actividades pudieran desarrollarse sin superposición.
La jueza Hilda Kogan, autora del voto principal en el nuevo fallo, sostuvo que las restricciones no superan el principio de razonabilidad exigido por la Constitución. Consideró que la prohibición absoluta limita derechos vinculados con el trabajo, la igualdad ante la ley, la propiedad y el ejercicio de las profesiones liberales, sin que sus posibles beneficios justifiquen semejante alcance.
La sentencia también recordó que las provincias tienen facultades para reglamentar las profesiones, pero que esa potestad no es ilimitada y debe respetar los derechos y garantías constitucionales.
¿Es necesario reformar la legislación?
La reiteración de estos pronunciamientos abre un interrogante sobre la continuidad de dos disposiciones legales cuya constitucionalidad ya fue cuestionada por la Suprema Corte en distintas oportunidades.
Las normas vigentes establecen una incompatibilidad absoluta: por un lado, impiden que un abogado mantenga simultáneamente la matrícula de martillero y corredor público; por otro, prohíben que quien ejerce regularmente otra profesión con título habilitante se desempeñe como martillero y corredor público.
El criterio judicial apunta a que una eventual incompatibilidad debería atender a los conflictos de intereses concretos, en lugar de impedir de manera general el ejercicio de ambas actividades.
Sin embargo, el alcance de la nueva sentencia debe precisarse: la declaración de inconstitucionalidad se refiere expresamente al caso de Ourfali. Los antecedentes citados muestran que no se trata de un planteo aislado, pero el fallo no deroga las normas ni elimina automáticamente las restricciones para todos los profesionales bonaerenses.
La decisión vuelve así a poner sobre la mesa la necesidad de discutir si corresponde mantener una prohibición absoluta o avanzar en una reforma legislativa que contemple mecanismos para prevenir y sancionar los conflictos de intereses sin impedir el ejercicio simultáneo de ambas profesiones.