Más de 1500 «pretensos adoptantes» buscan niñas y niños menos de dos años

Así se desprende de un informe conocido recientemente tras una jornada de Adopción llevada adelante en el Colegio de Abogados de San Isidro.

De acuerdo con informe elaborado por la Directora del Registro Central de Aspirantes a Guarda con fines de adopción de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires más de 1500 personas que se encuentran en dicho registro buscan adoptar niñas y niños menores de dos años. «El sistema de adopción falla porque la mayoría de los adultos que quieren adoptar, pretenden chicos de menos de 2 años y en los hogares de niños esperando ser adoptados la mayoría son mayores de 5 años y con hermanos», destacó un abogado olavarriense que compartió estos datos con En Línea Noticias.

Precisamente, de acuerdo con el mismo informe, no existen «pretensos adoptantes» para recibir en guarda adolescentes de 16 años y tan solo tres postulantes aspiran a realizar la adopción de adolescentes de hasta 14 años.

Aquí se puede conocer listados de niños, niñas y adolescentes que buscan familia

El mismo informe indica que hay 112 postulantes para adoptar niños y niñas de 0 a 10 años , 30 postulantes para hacerlo con niñas y niños de hasta 11 años.

El dato se conoció en el marco de una jornada de adopción llevada adelante en el Colegio de Abogados de San Isidro que tuvo como expositora a Portillo.

¿Quiénes se puede inscribir para ser adoptantes?

Se podrán inscribir en el Registro Central de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción, aquellas personas con domicilio real en la Provincia de Buenos Aires, cualquiera sea su estado civil, que tengan interés en adoptar un niño, una niña o adolescente. Las personas casadas o en uniones convivenciales deberán inscribirse conjuntamente. En cuanto a la edad deberá tenerse presente el art. 601 del CCyC, donde se indica que no podrán ser adoptantes quienes no hayan cumplido 25 años de edad. Por otra parte el/la adoptante debe tener por lo menos 16 años más que el adoptado. Cuando se inscriben cónyuges, o personas que acrediten estar en unión convivencial, ambos adquieren el carácter de solicitantes, en estos casos el proyecto adoptivo será de manera conjunta.

¿Qué es el registro Central de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción?

El Registro Central de Aspirantes a Guardas con fines de Adopción de la Provincia de Buenos Aires fue creado en el año 1988 por Acordada 2269 funciona en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia, dependiendo jerárquicamente de la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales, Área Registro Central de Aspirantes a Guardas con fines de Adopción y Digesto, y su función es llevada a cabo en forma descentralizada por intermedio de los Juzgados de Familia con sede en los 19 Departamentos Judiciales de esta provincia.

Las metas de este Registro hacen principalmente al fortalecimiento del Banco de Datos de Identidad de niños, niñas y adolescentes en estado de adoptabilidad, en guarda con fines de adopción y adoptados, instaurado por Acordadas 2269 y 2707, así como también servir de instrumento útil a los jueces para simplificar y agilizar la elección de pretensos adoptantes en el marco de un proceso de otorgamiento de guarda preadoptiva, a la par de crear un sistema centralizado que otorgue igualdad de oportunidades a quienes integran la lista de aspirantes del Registro, simplificando los trámites tendientes a la inscripción.

En ese contexto, cuando un niño/a o adolescente se encuentra en situación de adoptabilidad, desde el Registro Central se buscan postulantes aptos que tengan domicilio en la jurisdicción donde su expediente tramita (ello en pos de mantener su centro de vida). Si no se encontraran postulantes cercanos, se buscará en otras regiones de la provincia, para finalmente indagar entre todos los postulantes de la provincia de Buenos Aires.

Si aún no se hubiere detectado un postulante interesado, se dará intervención a la DNRUA que investigará en las jurisdicciones adheridas a la Red Federal. Si aún así no se hallan inscriptos dentro del sistema dispuestos a incluirse en un proyecto adoptivo, se formalizará una Convocatoria Pública de Postulantes con difusión en distintos medios.

Puede acceder a ellas en la siguiente dirección: http://www.scba.gov.ar/informacion/Novedadesvarias.asp?id=18&cat=46.

En noviembre del 2017 la Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Dra. Hilda Kogan y el Ministro de Desarrollo Social, Santiago López Medrano, firmaron un convenio de colaboración mutua con el objetivo de intercambiar información y llevar adelante proyectos y programas de interés común vinculados a los niños, niñas y adolescentes al amparo del sistema de Promoción y Protección de la Provincia de Buenos Aires.

Enmarcado en lo dispuesto en la Resolución 2252/17 entre otras acciones conjuntas se contempla la realización de encuentros de intercambio y capacitación entre funcionarios y agentes del Poder Judicial, y de los Servicios de Promoción y Protección zonales y locales.

Del acto de firmas participaron, por el Tribunal, el Secretario de Planificación, Néstor Trabucco, la Titular del Registro Central de Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción, Claudia Portillo, y por el Poder Ejecutivo, la Directora del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, Pilar Molina.

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