Un proyecto de La Libertad Avanza propone eliminar el impuesto de sellos en PBA
El objetivo es derogar el gravamen en las compras con tarjeta de crédito, que según los autores del proyecto “no tiene sostén jurídico”.
El bloque de La Libertad Avanza en la Legislatura bonaerense presentó un proyecto de ley para eliminar el impuesto de sellos sobre las operaciones realizadas con tarjeta de crédito en la provincia de Buenos Aires. La iniciativa, que parte del bahiense Oscar Liberman y fue firmada por 17 diputados del espacio, apunta a reducir una carga tributaria que “encarece el consumo formal y estimula la informalidad económica”.

Liberman, el autor de la propuesta, sostuvo que se trata de “un alivio fiscal para los contribuyentes que tendrá un impacto positivo en el consumo formal”. La medida busca derogar el artículo 252 del Código Fiscal bonaerense (Ley N° 10.397), que actualmente grava con una alícuota del 1,2% todos los débitos o cargos del período formalizados mediante tarjetas de crédito. Según el legislador, ese porcentaje eleva los costos de cada transacción y empuja a los usuarios hacia canales no declarados.
El proyecto también modifica el artículo 258 del mismo código y la Ley Impositiva vigente (Ley 15.558), en los tramos referidos al impuesto de sellos sobre este tipo de operaciones.
El argumento de Liberman también es de orden jurídico. El legislador señaló que el resumen de tarjeta de crédito no reúne las condiciones que la propia Ley de Coparticipación Federal exige para que un documento quede alcanzado por el gravamen. Según el artículo 9, inciso b, apartado 2 de esa norma, un instrumento sujeto al impuesto de sellos debe revestir “los caracteres exteriores de un título jurídico por el cual pueda ser exigido el cumplimiento de las obligaciones sin necesidad de otro documento y con prescindencia de los actos que efectivamente realicen los contribuyentes”.
Liberman afirmó que el resumen periódico de una tarjeta no cumple ese requisito porque no está firmado ni reconocido por su titular, y porque la Ley Nacional de Tarjeta de Crédito 25.065 establece en su artículo 39 que el emisor necesita documentación adicional para ejecutar un saldo impago.
“Del propio régimen legal de tarjetas de crédito se deduce que la liquidación o resumen periódico no constituye título suficiente para iniciar una acción judicial”, precisó el diputado.
A partir de ese razonamiento, Liberman concluyó que “la provincia de Buenos Aires no tiene potestad alguna para apartarse de la definición” que fija la coparticipación federal.
En esa línea, calificó el proyecto como “una corrección jurídica hacia un sistema tributario más justo” y rechazó que el fisco provincial deba intervenir en cada transacción privada: “El Estado no puede seguir viendo cada operación privada como una oportunidad para cobrar un impuesto más”. (DIB)