Venta de drogas en Olavarría: Confiman la prisión preventiva de uno de los involucrados

Así operaba el negocio de venta al menudeo.


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirmó la prisión preventiva de un olavarriense acusado de comercialización y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravada por la intervención de tres o más personas organizadas para cometer el delito.

La resolución fue dictada por los jueces Gustavo Agustín Echevarría, Damián Pedro Cini y Carlos Paulino Pagliere, quienes rechazaron el recurso presentado por la defensa y confirmaron la decisión adoptada el 2 de julio por el Juzgado de Garantías N° 2 de Olavarría.

La defensa había pedido que la conducta atribuida al imputado fuera recalificada como tenencia simple de estupefacientes y que, en consecuencia, recuperara la libertad. Entre sus argumentos sostuvo que la cantidad de marihuana encontrada era compatible con el consumo personal, que el dinero secuestrado no demostraba un origen ilícito y que las observaciones policiales no permitían acreditar una actividad de comercialización.

También cuestionó el valor de la información aportada bajo reserva de identidad y sostuvo que el análisis de los teléfonos celulares no permitía demostrar con el grado de certeza requerido que los investigados vendieran droga ni que existiera una organización entre ellos.

La Cámara rechazó esos argumentos y sostuvo que la investigación está sustentada principalmente en prueba de indicios, que debe ser valorada de manera conjunta y no analizando cada elemento en forma aislada.

Una investigación iniciada por información policial

Según consta en la resolución, la investigación comenzó a partir de información recibida por personal policial respecto de una vivienda ubicada en Juan Montesano al 3200, donde presuntamente se realizaba venta de estupefacientes al menudeo, principalmente entre las 18 y la 1.

Las averiguaciones posteriores señalaron que en ese domicilio también estaría involucrado un familiar del investigado y que allí se realizarían las ventas al menudeo.

Los investigadores ubicaron además otra propiedad vinculada al principal investigado, en General Paz al 800. De acuerdo con la hipótesis incorporada a la causa, allí se guardaría droga en mayor cantidad y parte del dinero recaudado, además de realizarse tareas de fraccionamiento antes del traslado de los estupefacientes hacia el domicilio de calle Juan Montesano.

La defensa había cuestionado que las observaciones policiales no se hubieran realizado exclusivamente sobre la vivienda del imputado y señaló que el inmueble de General Paz estaba compuesto por varias unidades.

Sin embargo, la Cámara consideró relevantes las vigilancias realizadas durante enero y febrero.

El 29 de enero, por ejemplo, un investigador observó el ingreso de un hombre que llegó en una motocicleta y permaneció en el domicilio. Horas después, otro hombre llegó caminando, golpeó la puerta y, tras ser atendido, permaneció apenas unos segundos antes de retirarse.

El 26 de febrero, cerca de las 00:20, los investigadores registraron la llegada de un automóvil cuyo conductor ingresó rápidamente a la vivienda y salió aproximadamente dos minutos después.

Al día siguiente, cerca de la 1:10, un hombre llegó en motocicleta y mantuvo un breve encuentro con el investigado en el lugar. Poco después, otra persona llegó en bicicleta, dejó el rodado en la calle y se entrevistó con él durante unos segundos.

Para la Cámara, esos movimientos adquirieron relevancia porque en la vivienda no funcionaba ningún comercio o actividad lícita que permitiera explicar la llegada constante de personas y sus permanencias por períodos tan breves.

Qué encontraron durante los allanamientos

Los procedimientos realizados posteriormente aportaron otros elementos considerados por los jueces.

En la vivienda de Juan Montesano 3267 se encontraron 5,9 gramos de marihuana, cinco teléfonos celulares, un recorte de nylon y $180.000 en efectivo.

En la construcción ubicada en General Paz 857 fueron hallados 36 envoltorios con una sustancia que reaccionó positivamente al test de clorhidrato de cocaína, con un peso total de 28 gramos.

En otra vivienda del mismo inmueble se secuestraron además tres teléfonos celulares y $2.118.000 en efectivo.

La Cámara también hizo una precisión frente a uno de los argumentos de la defensa: sostuvo que el imputado alternaba entre ambas propiedades y que no residía exclusivamente en Juan Montesano, como había planteado su representante legal.

Los jueces tuvieron en cuenta incluso las distintas declaraciones realizadas por el propio acusado durante la investigación, en las que habría señalado ambos inmuebles como su domicilio.

Los teléfonos y el circuito del dinero

Uno de los elementos centrales de la resolución fue el análisis de los teléfonos celulares secuestrados.

La Cámara citó el informe elaborado por los investigadores sobre distintos dispositivos y destacó conversaciones en las que se hablaba de cantidades, precios, entregas, transferencias y personas que concurrían a buscar estupefacientes.

En algunos intercambios aparecen referencias a “cajitas”, dinero pendiente y pedidos de droga. También se incorporaron comprobantes de transferencias entre cuentas y billeteras virtuales vinculadas con personas investigadas.

Uno de los mensajes analizados refiere a una transferencia de $550.000 y otros comprobantes incorporados al expediente incluyen movimientos por $450.000, además de distintas operaciones de menor monto.

También fueron valoradas comunicaciones en las que se coordinaban entregas y pagos con personas de otras localidades.

Según la interpretación realizada por los investigadores y luego considerada por la Cámara, esos intercambios permitirían observar una distribución de tareas entre quienes aparecen vinculados a la investigación: algunos relacionados con las ventas, otros con el manejo del dinero y otros con la coordinación de las entregas.

En otro tramo de las comunicaciones analizadas aparecen referencias a turnos para realizar ventas y a la entrega y conteo del dinero obtenido.

La Cámara valoró los indicios en conjunto

Para los jueces, la importancia de esos elementos no está en cada mensaje, transferencia o movimiento tomado individualmente, sino en la coincidencia entre todos ellos.

El juez Echevarría sostuvo que se trata de una investigación sustentada principalmente en indicios y que la defensa había intentado desvirtuarlos analizándolos por separado.

En cambio, para la Cámara, la llegada constante de personas al domicilio de Juan Montesano, la corta duración de las visitas, la inexistencia de una actividad comercial lícita, la droga hallada en General Paz, el dinero secuestrado y el contenido de las comunicaciones conforman un conjunto de elementos que permite sostener, en esta etapa del proceso, la hipótesis de comercialización.

Los magistrados consideraron que esos indicios permiten inferir la finalidad de comercialización de los estupefacientes y la existencia de actos de comercio organizados entre varias personas.

De esta manera, entendieron que existen elementos suficientes para mantener la calificación legal establecida por el Juzgado de Garantías y rechazaron el pedido de la defensa para modificarla por tenencia simple.

Por qué continuará detenido

La Cámara también analizó el planteo referido a la prisión preventiva. La defensa había cuestionado que la pena en expectativa fuera utilizada como fundamento para presumir un riesgo de fuga y había señalado que debían considerarse otras circunstancias personales del imputado, como su arraigo y sus antecedentes.

Los jueces entendieron, sin embargo, que la pena en expectativa, la gravedad del hecho y las características de la presunta organización son parámetros válidos para presumir un peligro de elusión del proceso.

En particular, señalaron que la escala penal correspondiente al delito atribuido impide encuadrar la situación del imputado en los supuestos de excarcelación previstos por la legislación procesal.

También consideraron que la gravedad del hecho se relaciona con la presunta intervención organizada de varias personas y que la medida resulta proporcional al tiempo que llevaba detenido al momento de la resolución: poco más de dos meses.

La decisión

Finalmente, los jueces rechazaron el recurso de apelación y confirmaron la prisión preventiva del olavarriense.

De esta manera, continuará detenido mientras avanza la investigación por comercialización y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor, agravada por la intervención de tres o más personas organizadas para cometer el delito.

La resolución corresponde a una etapa del proceso penal y se refiere al acusado como autor “prima facie”, sobre la base de los elementos reunidos hasta ese momento. La decisión no constituye una condena ni determina responsabilidad penal definitiva.

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