Rechazan una queja presentada por un olavarriense acusado por tenencia ilegal de armas y acopio de municiones

La resolución fue dictada este jueves 28 en la Sala III del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires.


La Sala III del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó una queja presentada por la defensa de un hombre de Olavarría acusado por tenencia ilegal de arma de guerra y acopio ilegal de municiones, y confirmó así la continuidad del proceso judicial hacia la etapa de juicio.

La resolución fue firmada por los jueces Víctor Violini y Ricardo Maidana y analizó la presentación realizada por el abogado Hugo Gabriel Castañares en representación del hombre investigado.

El planteo había sido presentado luego de que la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirmara la resolución que rechazó el pedido de sobreseimiento y dispusiera la elevación a juicio de la causa.

La defensa sostuvo que el recurso de casación había sido mal denegado y argumentó que la decisión vulneraba el derecho al recurso y distintas garantías constitucionales.

Entre otros puntos, afirmó que al momento del allanamiento realizado en julio de 2020 el imputado contaba con autorización vigente como legítimo usuario de armas debido a las prórrogas automáticas dispuestas durante la pandemia por COVID-19.

Además, cuestionó la acusación por acopio ilegal de municiones y sostuvo que las cantidades secuestradas eran compatibles con el uso personal de un legítimo usuario y no demostraban una finalidad ilícita.

La defensa también denunció una supuesta afectación del derecho de defensa al señalar que no habría tenido acceso a distintas pruebas mencionadas por la fiscalía, entre ellas actas de allanamiento, testimoniales y pericias balísticas.

Sin embargo, el Tribunal de Casación entendió que los argumentos expuestos no lograban desvirtuar la decisión adoptada por la Cámara de Azul.

Los magistrados señalaron que el derecho al recurso invocado por la defensa ya había sido garantizado mediante la intervención de la Cámara de Apelaciones y remarcaron que el sistema procesal no contempla un “triple conforme” para este tipo de resoluciones.

También indicaron que las decisiones que mantienen a una persona sometida a proceso no generan un perjuicio irreparable, ya que la discusión definitiva sobre los hechos y la calificación legal corresponde a la etapa de juicio.

En relación al planteo sobre la autorización para la tenencia de armas, el fallo sostuvo que la defensa no refutó adecuadamente uno de los argumentos centrales de la Cámara: que la prórroga automática invocada no resultaba aplicable al caso porque comenzó a regir después del vencimiento del permiso del imputado.

Además, los jueces remarcaron que entre las armas secuestradas había al menos una para cuya tenencia nunca había existido autorización.

Respecto del cuestionamiento por el presunto ocultamiento de pruebas, Casación entendió que el planteo fue formulado de manera tardía, ya que no había sido presentado oportunamente ante el juzgado de primera instancia.

Finalmente, el Tribunal resolvió rechazar la queja presentada por la defensa y mantener firme la elevación a juicio de la causa.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Content is protected !!