La SCBA aprobó el reglamento para el uso responsable de Inteligencia Artificial y abrió una instancia de consulta pública
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso, mediante la Resolución SC 1719/26, la puesta en conocimiento del documento denominado “Reglamento para el desarrollo y uso responsable de la Inteligencia Artificial”, que se incorpora como Anexo I del pronunciamiento oficial.

En paralelo, a través de la Resolución RP 747/26, el máximo tribunal bonaerense resolvió abrir un proceso de consulta participativa que se extenderá desde el 24 de junio hasta el 7 de agosto del corriente año inclusive. El objetivo es habilitar la participación de magistrados, funcionarios, agentes judiciales, colegios profesionales, instituciones académicas y demás interesados, quienes podrán formular observaciones y aportes al proyecto mediante un formulario dispuesto a tal fin.
En ese marco, se creó la “Comisión de Gobernanza y Uso de Inteligencia Artificial (IA)”, que funcionará como autoridad de aplicación del futuro esquema regulatorio, una vez que sea aprobado en su versión definitiva. Este organismo estará integrado por las Secretarías de Planificación, de Tecnología Informática y de Servicios Jurisdiccionales de la Suprema Corte, y actuará de manera conjunta en el ejercicio de sus funciones.
La Comisión tendrá a su cargo la elaboración de un informe final que será elevado al Tribunal, en el que se recopilarán las opiniones recibidas durante la instancia de consulta participativa, sumadas a los aportes realizados por las áreas técnicas de la propia Corte.
El reglamento establece, además, que hasta tanto se apruebe su versión definitiva, el contenido del proyecto tendrá carácter orientador y no vinculante. En esa línea, se subraya que el uso de herramientas de Inteligencia Artificial no exime de responsabilidad al operador judicial respecto del contenido, validez y legalidad de los actos en los que intervengan estos sistemas, debiendo ejercerse un control sustantivo, efectivo y documentado sobre los resultados generados, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan corresponder a los proveedores de la tecnología.
Asimismo, se recuerda que la función jurisdiccional es indelegable e insustituible, por lo que no podrá delegarse en sistemas de IA la toma de decisiones judiciales vinculadas a la resolución de procesos, la valoración de pruebas o la construcción del razonamiento jurídico que sustente sentencias o resoluciones.
En relación al tratamiento de datos personales mediante sistemas de inteligencia artificial, el texto establece que deberá cumplirse estrictamente con la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y su normativa reglamentaria, garantizando la confidencialidad, integridad y seguridad de la información.
Por último, se dispone la comunicación electrónica de lo resuelto a todos los órganos de la Administración de Justicia, así como al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires, al Colegio de Abogados provincial y a la Asociación Judicial Bonaerense.
