Monte Pelloni | Confirman la prórroga de la prisión preventiva a un represor

La Cámara Federal de Casación ratificó la medida contra el ex policía bonaerense Juan Carlos Luján, juzgado por el secuestro y tortura de un histórico dirigente ferroviario de nuestra ciudad.


Fuente de Tiempo Argentino y Fiscales

La Cámara Federal de Casación confirmó la prórroga de la prisión preventiva contra un represor que está siendo sometido a juicio oral y público en Mar del Plata por violaciones a los derechos humanos en la
denominada causa “Monte Pelloni”, la actuación del aparato represivo en cinco centros clandestinos de detención en la provincia de Buenos Aires durante la última dictadura.

Se trata del ex policía bonaerense Juan Carlos Luján, quien está siendo juzgado por su presunta responsabilidad en la “privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia en perjuicio de Alcides Félix Díaz”, un histórico dirigente ferroviario y militante del PC de nuestra ciudad, quien sufrió “tormentos agravados por ser la victima perseguida política”.

El juicio oral está en su etapa final, pero Díaz no llegará a ver condenados a sus secuestradores y torturadores: murió en diciembre de 2013, a los 91 años de edad.

La Sala de Feria de la Casación, en voto dividido, ratificó el rechazo a la excarcelación de Luján. A principios de diciembre pasado el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de Mar del Plata había resuelto “no hacer lugar al pedido de cese de la prisión preventiva introducido por la defensa de Juan Carlos Luján” y “prorrogar la prisión preventiva por el término de seis meses”. Aprovechando la feria judicial, “la defensa pública oficial pretende desvirtuar las decisiones tomadas por la Sala IV de esta Cámara Federal de Casación Penal referidas a la prisión preventiva”, explicó el camarista Mariano Borinsky.

En un voto coincidente con la jueza Liliana Catucci, Borinsky subrayó que existen riesgos procesales que aplican a la situación de Luján. “Los jueces del tribunal oral valoraron el riesgo de fuga a partir de la calificación legal que pesa sobre la conducta atribuida a Luján, la proximidad del dictado del fallo y la amenaza punitiva con una escala penal entre tres a 21 años de prisión.  Se trata de circunstancias que resultan relevantes para inferir el peligro de rebeldía del encartado con el consiguiente incumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado Nacional”.

Luján se encuentra actualmente en prisión domiciliaria, “con condiciones edilicias adecuadas, recibe las visitas de sus familiares y cuenta con la autorización para concurrir a los diversos centros médicos en los que son tratadas sus afecciones, condiciones que dan cuenta de una privación de la libertad morigerada”.

Luján forma parte de un proceso en el que están siendo juzgado 24 imputados por los padecimientos por la represión de Estado que sufrieron 45 víctimas.

En disidencia, el camarista Eduardo Riggi había sostenido que el rechazo a la excarcelación por parte del tribunal oral marplatense fue una “decisión que no se encuentra debidamente fundada, por lo que corresponde el reenvío del expediente a su origen para que se brinde una ampliación de los argumentos”.

El juicio oral, a cargo de los jueces Alfredo Ruiz Paz, Víctor Bianco y Luis Imas, y actualmente en su etapa definitoria, es -en rigor- la segunda parte de la causa por delitos de lesa humanidad en el centro clandestino de detención denominado Monte Pelloni, que  formó parte de la denominada subzona militar 12.

Según publicó la página web de los fiscales, se ventilan en el juicio “los casos de secuestros de madrugada y a plena luz del día; patotas que ingresaron armadas a casas particulares, irrumpieron en un estudio contable, aguardaron en un hotel, interceptaron en la terminal o en la vía pública; y cómo las víctimas encapuchadas fueron subidas a los autos de los operativos, que se desarrollaron entre noviembre de 1976 y febrero de 1978, en plena dictadura cívico militar». Además se advierte que el  «derrotero» de las víctimas «fue por distintos centros clandestinos de detención, donde los interrogatorios eran bajo sesiones de tortura. En medio, el robo de bienes, el secuestro de una beba que fue luego abandonada en un hospital, simulacros de fusilamiento, una violación. De la causa se desprende que las víctimas fueron buscadas acusadas de ser ‘extremistas’, por ser parte de un centro de estudiantes o militar en una agrupación política. Algunas venían escapando de La Plata”.

“De acuerdo a la instrucción de la causa, son cinco los centros clandestinos de detención por donde pasaron las víctimas, enmarcados en el circuito represivo ilegal que operó en la subzona militar 12 y abarcó los distritos bonaerenses de Olavarría, Tandil, Las Flores y Azul. Se trata de la Comisaría de Olavarría; el Regimiento de Caballería de Tanques 2 “Lanceros General Paz” de Olavarría; la Brigada de Investigaciones de Las Flores; Monte Peloni, un establecimiento rural ubicado en Sierras Bayas; y La Huerta, el campo General Mariano Necochea, ubicado en la intersección de la Ruta Nacional 226 y camino a la Base Aérea Militar Tandil, a cargo del Comando de la Brigada de Caballería Blindada”.

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