Tandil: Un tratamiento de implantes terminó en nuevas intervenciones y una condena de $15 millones

El Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Tandil condenó a un profesional de la odontología a indemnizar a una mujer de 77 años por las consecuencias de un tratamiento de implantes que, según concluyó el juez Sebastián Sarde , no fue completado y además presentó deficiencias en distintas prestaciones. La sentencia fijó una indemnización de $15.473.000 y US$8.224, aunque fue apelada y no se encuentra firme, ya que actualmente está bajo análisis de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial con asiento en Azul.

La mujer había iniciado una demanda por los daños que atribuyó al tratamiento odontológico iniciado en 2013 y que incluyó la colocación simultánea de implantes en ambos maxilares en agosto de 2014. De acuerdo con lo que surge del fallo, permaneció posteriormente con una prótesis superior mientras quedaba pendiente la correspondiente al maxilar inferior.

Para el juez Sarde, sin embargo, el incumplimiento no se limitó a que el tratamiento no hubiera llegado a su finalización. En uno de los principales fundamentos de la sentencia sostuvo que “el demandado no sólo incumplió íntegramente el tratamiento comprometido —al no colocar la prótesis definitiva correspondiente al maxilar inferior—, sino que, además, ejecutó las prestaciones realizadas en forma defectuosa”.

El magistrado consideró que esas prestaciones se apartaron “de las reglas del arte propias de su profesión” y que el profesional tampoco observó la diligencia que las circunstancias exigían.

La falta de la historia clínica

Uno de los puntos centrales de la sentencia fue la documentación que no fue incorporada al expediente. El profesional había sido intimado a presentar la historia clínica, comprobantes de pagos, documentación vinculada con los materiales utilizados y el mecánico dental, radiografías y distintos estudios, entre ellos una panorámica y un DentaScan.

La documentación aportada se redujo a una ficha odontológica y un registro de prestaciones que contenía etiquetas correspondientes a ocho implantes de titanio.

Para Sarde, la ausencia de esos elementos tuvo relevancia a la hora de valorar la prueba. El juez sostuvo que esa falta de documentación constituía “presunción en su contra” y remarcó particularmente que la no presentación de la historia clínica representaba “un serio indicio en su contra”.

A partir de ello, la sentencia tuvo por acreditados distintos aspectos del relato de la paciente, entre ellos los tratamientos y pagos realizados, la evolución de su cuadro, los defectos observados en las prótesis y piezas confeccionadas y las consecuencias que se derivaron de ellos.

Qué encontró el odontólogo que realizó el tratamiento posterior

Otro elemento relevante fue la declaración del odontólogo Germán Serres, quien atendió posteriormente a la mujer y realizó el tratamiento destinado a corregir las consecuencias del anterior.

La historia clínica incorporada al expediente registró dolores alternantes, halitosis permanente y pérdida de confort. También consignó pérdida de dimensión vertical, alteraciones en la línea de la sonrisa y del eje medio y problemas con la prótesis superior.

Serres declaró que los implantes no se encontraban ubicados en las posiciones que consideraba ideales para una rehabilitación fija y que algunos se encontraban demasiado próximos entre sí, sin respetar el espacio biológico.

En su testimonio describió inflamación, dolores, dificultades para hablar y masticar, mal aliento e infecciones crónicas.

También cuestionó la planificación utilizada para el tratamiento y afirmó: “no se utilizó una planificación como corresponde y una guía quirúrgica”.

Según la prueba valorada en la sentencia, tres implantes ubicados sobre el lado izquierdo presentaban movilidad de grado I. La mujer, además, tenía dificultades cotidianas para masticar y problemas para hablar derivados del movimiento de las prótesis.

La situación llevó finalmente a que Serres resolviera retirar los implantes existentes y encarar un nuevo tratamiento. El proceso incluyó la extracción de los implantes, una intervención para recuperar volumen óseo y posteriormente la colocación de nuevos implantes.

Una nueva intervención para corregir el tratamiento anterior

El juez consideró que las deficiencias acreditadas habían generado la necesidad de un nuevo tratamiento para corregir las consecuencias del anterior.

En ese sentido, la sentencia concluyó que “las prestaciones realizadas en forma defectuosa” habían generado la necesidad de una intervención reparadora, con los consiguientes costos económicos y padecimientos para la paciente.

El fallo reconoció $173.000 y US$8.224 correspondientes a pagos acreditados por el tratamiento correctivo realizado por Serres. A esa suma agregó $300.000, fijados a valores actuales, por consultas y estudios.

Por daño moral, Sarde estableció $15 millones, considerando los dolores, molestias y padecimientos que tuvo por acreditados durante el proceso.

La prescripción y la fecha en que conoció el origen del problema

La compañía aseguradora también había planteado que la acción estaba prescripta porque el tratamiento cuestionado se había realizado varios años antes.

El planteo fue rechazado. Sarde consideró que, de acuerdo con las circunstancias acreditadas, la mujer pudo conocer que las dolencias que padecía estaban vinculadas con el tratamiento anterior a partir de la atención recibida posteriormente y de los estudios realizados.

La demanda fue presentada el 13 de mayo de 2019 y el juez entendió que la acción se encontraba dentro del plazo aplicable.

En cuanto a la aseguradora, la sentencia contempló el límite de cobertura previsto en la póliza, originalmente fijado en $200.000, pero dispuso su actualización mediante el Índice de Precios al Consumidor del INDEC desde el vencimiento de la cobertura hasta la fecha del fallo.

La sentencia fue dictada por Sebastián Sarde el 8 de julio de 2026. Fue apelada y no se encuentra firme: actualmente está bajo análisis de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial con asiento en Azul.

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