El Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia tendrá su Asamblea en Olavarría

En diciembre.


Olavarría será sede en el mes de diciembre de la Asamblea Anual convocada por el Consejo Superior del Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires donde se está convocando a todos los matriculados bonaerenses tal como establece la Ley 10.321.

La Asamblea Anual se llevará adelante el 17 de diciembre próximo a las 9.30 horas en el “Centro de Convenciones
Olavarría-C.C.O.”
, ubicado en la avenida Eva Perón y Pueyrredón.

Se anuncia el siguiente Orden del Día

a) Exposición del Presidente del Consejo respecto de los motivos que han provocado el llamado a Asamblea fuera de los términos legales.

b) Designación de las autoridades de la Asamblea (un Presidente y dos Secretarios) y dos (2) asambleístas para refrendar con su firma el acta de la misma.

c) Informe de la Junta Fiscalizadora sobre el Ejercicio 2019.

d) Consideración de la Memoria 2019.

e) Consideración del Balance del Ejercicio 2019.

f) Informe de la Junta Fiscalizadora sobre el Ejercicio 2020.

g) Consideración de la Memoria 2020.

h) Consideración del Balance del Ejercicio 2020.

i) Informe del Consejo Superior sobre la fijación de cuotas de inscripción en la matrícula y de ejercicio profesional durante los ejercicios 2019 y 2020, Contribución GEO-FADA y suspensión de la realización de la Semana de la Agrimensura durante los años 2020 y 2021.

j) Fijación de la cuota de inscripción y de ejercicio profesional y la contribución GEO-FADA para el año 2022.

k) Semana de la Agrimensura 2022.

l) Aprobación nuevo Reglamento Electoral.

m) Consideración y Resolución sobre la propuesta del Consejo Superior de fijar en $50.000.000 (Cincuenta Millones de
pesos) el Fondo destinado al otorgamiento de préstamos a los matriculados, aprobado por la Asamblea Anual Ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2017.

Si bien la Asamblea tendrá carácter presencial, la misma se encuentra supeditada a eventuales disposiciones gubernamentales referidas a reuniones presenciales masivas, debiendo asimismo todos los participantes dar cumplimiento a las normas vigentes sobre el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio.

Se informa que integrarán la Asamblea con derecho a voz y voto los matriculados en condiciones de ejercer la profesión (art. 16 Ley 10.321). La Asamblea sesionará válidamente, en primera citación con la presencia de por lo menos un tercio (1/3) de los profesionales habilitados para ejercer en la Provincia.

Transcurrida una (1) hora desde la fijada en la convocatoria, la Asamblea será considerada legalmente constituida con el número de matriculados presentes, siempre que el total supere el número del Consejo Superior y serán válidas todas las resoluciones que adopten por simple mayoría de votos (art. 18 Ley 10.321). La Memoria y Balance y toda otra cuestión referente a la convocatoria podrán consultarse en los Colegios de Distrito.

Para participar de la Asamblea, deberá presentarse la credencial de matriculación.

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