¿Sospecha o condena firme? La discusión alrededor de la libertad condicional y su posible revocación


Una resolución dictada esta semana por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul, en el marco de un caso que involucra a un hombre de Olavarría, dejó planteado un debate jurídico sobre el alcance de la libertad condicional y las condiciones para su revocación.

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El fallo fue resuelto por mayoría de los jueces Damián Pedro Cini y Gustavo Agustín Echevarría, con disidencia de Carlos Paulino Pagliere, y confirmó el cómputo de pena cuestionado por el Ministerio Público Fiscal.

El punto de discusión se centró en si corresponde o no computar el tiempo en que una persona estuvo en libertad condicional cuando, durante ese período, fue detenida en otra causa que aún no tiene condena firme.

En su voto, Cini sostuvo que no puede considerarse configurada la causal de revocación prevista en el artículo 15 del Código Penal sin una sentencia condenatoria firme. En ese sentido, afirmó: “No es posible asimilar un estado de sospecha (…) con la comisión de un nuevo delito”, y advirtió que hacerlo “conculcaría el principio de inocencia”.

El magistrado señaló que la normativa exige la “comisión de un nuevo delito” y respaldó su interpretación en doctrina penal, al indicar que la revocación de la libertad condicional “se opera cuando existe sentencia firme que la declare”. Bajo ese criterio, concluyó que, al no existir aún una condena en la causa en trámite, “no se dan las condiciones (…) para tener por corroborada la causal de revocación”.

A ese voto adhirió Echevarría, conformando la mayoría que rechazó el planteo fiscal y confirmó el cómputo de pena.

En disidencia, Pagliere propuso una interpretación distinta del mismo marco legal. Planteó que exigir una condena firme “pierde de vista” la finalidad del instituto de la libertad condicional, que definió como orientada a “garantizar la reinserción social del condenado”.

En esa línea, sostuvo: “No resulta racional aplicar en su interpretación criterios de inocencia o culpabilidad”, y consideró que exigir el mismo nivel de certeza que una sentencia “desvirtúa la operatividad y razón de ser” de la norma.

El juez afirmó además que esperar una condena firme implica “asumir una actitud expectante” que “estorba al juez de ejecución” en la evaluación del comportamiento del liberado. Por el contrario, propuso que el análisis pueda realizarse con base en una “sospecha fundada”, entendiendo que se trata de decisiones “provisionales” y sujetas a revisión.

Aplicando ese criterio, Pagliere consideró que la detención del imputado en una nueva causa debía ser valorada para dejar de computar el tiempo en libertad condicional y ordenar un nuevo cálculo de la pena.

La mayoría del tribunal no acompañó esa postura y confirmó la resolución apelada.

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