Edicto: Sobre imposición de multa

en los autos HERRERA CRISTIAN FABIAN c/ PROVINCIA SEGUROS
S.A. s/ INF. LEY 24.240″. Ex -2024-56634 se ha dictado la presente RESOLUCION:
«OLAVARRIA, 13 de AGOSTO de 2025. VISTO Y CONSIDERANDO…RESUELVE:
ARTICULO 1°: Impónese a PROVINCIA SEGUROS S.A. CUIT N° 30-52750816-5
MULTA de TRESCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS PESOS ($
317.800,00) prevista por el artículo 47 inciso b) de la Ley N° 24.240 y equivalente a
un (1) salario Mínimo Vital y Móvil establecido en el artículo 73 inciso b) de la Ley
Provincial N° 13.133, por haber infringido las disposiciones de los artículos 4) de la
Ley N° 24.240, artículo 42) de la Constitución de la República Argentina y 38) de la
Constitución de la Provincia de Buenos Aires, con más la suma de TRES MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS ($ 3.283,00), en concepto de costas por
la actuación, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Municipal N° 103/24.-
ARTICULO 2: La multa y las costas impuestas deberán abonarse en el plazo de
diez (10) días hábiles de notificada la presente, debiendo solicitar la firma
sancionada, el correspondiente cupón de pago en la Dirección de Defensa del
Consumidor y Relaciones Vecinales sita en calle Coronel Suarez N° 2843, de la
ciudad de Olavarría, caso contrario una vez transcurrido el término de Ley, se
remitirán las actuaciones para su ejecución por vía de apremio, de acuerdo a lo
estipulado en los artículos 63) y 64) de la Ley N° 13.133; haciendo constar el número
de expediente.- ARTICULO 3°: La firma sancionada deberá publicar la parte
dispositiva de la presente en el diario «En Línea Noticias» de la ciudad de Olavarría,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 47) «in fine» de la Ley Nacional N° 24.240,
bajo apercibimiento de hacerlo esta Autoridad a costa y costo de los infractores.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro de Resoluciones de la
Secretaría de Jefatura de Gabinete, notifíquese a los interesados y oportunamente
archívese. FDO: DRA. MARIA MERCEDES LANDIVAR VALERIO – SECRETARIA
DE JEFATURA DE GABINETE.-