Azul: Condenaron al ciudadano paraguayo que escondió un kilo de cocaína debajo de la butaca de su bebé
Fuente: Diario El Tiempo

El condenado está alojado en la Unidad 7 del Servicio Penitenciario Bonaerense. Es de nacionalidad paraguaya y había sido aprehendido el 30 de agosto de 2024, cuando conducía una Renault Duster en la ciudad de Azul y transportaba un ladrillo de cocaína.
La condena fue dictada en el marco de un juicio abreviado tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Azul, con la intervención de la jueza Karina Gennuso. El imputado fue identificado como Edilson Domínguez Coronel, de 37 años, quien figuraba con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En lo resuelto, fue declarado autor penalmente responsable del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización, previsto en la Ley 23.737. La pena impuesta fue de cuatro años y cinco meses de prisión, además de una multa.
El procedimiento
El hecho que dio origen a la causa ocurrió el 30 de agosto de 2024, poco después de las 22:30. Personal de la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas interceptó el vehículo en un retén montado en el cruce de avenida 25 de Mayo y calle 8, en Azul.
Domínguez Coronel viajaba acompañado por una mujer y dos menores de edad. Durante la requisa, los efectivos hallaron un envoltorio rectangular oculto en una butaca de bebé en la que iba sentado uno de los menores. El paquete, envuelto con cinta amarilla y colocado dentro de una bolsa tipo mandado, contenía 918 gramos de clorhidrato de cocaína.
De acuerdo a lo consignado en el fallo, el imputado “detentaba ilegítimamente bajo su guarda y disposición con fines de comercialización” la sustancia secuestrada.
Además de la droga, se incautaron cuatro teléfonos celulares y dinero en efectivo. Para el momento del procedimiento, los investigadores ya contaban con información que indicaba que el acusado iba a atravesar la ciudad transportando estupefacientes en ese rodado.
Las pruebas incorporadas
El análisis posterior de uno de los teléfonos permitió recuperar conversaciones mantenidas a través de WhatsApp entre el imputado y otras personas. Según se detalló en la sentencia, esos diálogos, junto con imágenes almacenadas en el dispositivo, resultaron relevantes para acreditar la finalidad de comercialización.
En la resolución, la jueza señaló que en el celular se hallaron fotografías en las que se observaban “ladrillos” de presuntas sustancias estupefacientes, balanzas, transferencias bancarias y capturas de mensajes con referencias explícitas a la venta de drogas.
También se valoró la confirmación pericial que determinó que el material incautado era clorhidrato de cocaína y la cantidad secuestrada.
“La valoración conjunta de la prueba meritada me permite arribar a la certera convicción de que el imputado ejercía la comercialización de la sustancia estupefaciente secuestrada”, sostuvo la magistrada en el fallo.
En cuanto al monto de la pena, indicó que, en virtud del acuerdo alcanzado entre las partes y lo dispuesto por el artículo 399 del Código Procesal Penal, correspondía imponer la sanción pactada.
Intervinientes
En el proceso intervino el fiscal Adrián Peiretti, actualmente a cargo de la UFI 22. La defensa particular estuvo a cargo de los abogados Germán Vena y Carlos Matías Palas.
Las sanciones impuestas fueron las mismas que habían sido acordadas entre la acusación y la defensa antes de solicitar la tramitación del juicio abreviado ante el TOC 2.