Adelanto / El juez Martín Bava rechazó la cautelar solicitada por el Municipio de Azul por el estado de la Ruta 3
El Juzgado Federal N° 2 de Azul, a cargo del juez Martín Bava, rechazó la medida cautelar presentada por la Municipalidad de Azul en el marco del amparo por el deterioro de la Ruta Nacional N° 3.
La cautelar buscaba que, de manera inmediata, el Estado Nacional, la DNV y Corredores Viales retomaran las tareas de mantenimiento y seguridad vial en el tramo Azul–Cacharí.

Aunque el amparo fue formalmente admitido, la noticia principal es que el magistrado decidió no anticipar los efectos del fallo final, por lo que la pretensión urgente del Municipio quedó desestimada.
Bava: la cautelar era un “anticipo total del fallo”
En su resolución, el juez sostuvo que la medida cautelar solicitada tenía “total identidad” con el objeto del amparo, es decir, implicaba otorgar ahora lo que se terminará resolviendo en la sentencia final.S
“La medida cautelar requerida configura un anticipo total de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, por lo que se debe proceder con mayor prudencia”.
También remarcó que este tipo de medidas extraordinarias sólo pueden otorgarse cuando existe una urgencia “susceptible de provocar un perjuicio irreparable”, algo que —para esta etapa inicial— no consideró acreditado.
El juez priorizó un análisis más profundo antes de ordenar acciones
Bava explicó que, en esta fase, la validez o no de la cautelar está “ligada indefectiblemente” a lo que resulte de la acción principal, que requiere instancia de debate y prueba.
Por eso, afirmó que no correspondía disponer una orden inmediata sobre el Estado Nacional y los concesionarios viales.
Asimismo, aclaró que su decisión no debe interpretarse como un criterio restrictivo, sino como un uso prudente de las herramientas procesales:
“Es necesario tutelar las pretensiones articuladas para que no resulte inocuo el pronunciamiento final del litigio”.
El amparo continúa su curso, pero sin medidas urgentes
Si bien la cautelar fue denegada, el juez ordenó que el amparo avance y exigió a la DNV y a Corredores Viales S.A. presentar un informe circunstanciado en siete días, con antecedentes y documentación relevante sobre la situación de la Ruta 3.
La causa seguirá con el trámite propio del amparo, de naturaleza rápida, pero sin intervención inmediata en la ruta hasta que exista sentencia definitiva o un nuevo planteo.