Anticipo En Línea / Nuevo revés judicial para el olavarriense Luis Randazzo en la Suprema Corte
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió rechazar el recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Luis Oscar Randazzo, el olavarriense que se encuentra privado de su libertad tras haber sido condenado por hechos de abuso sexual.

La resolución, firmada este jueves 21 de mayo, ratificó el criterio adoptado previamente por el máximo tribunal bonaerense, que había declarado inadmisible una queja impulsada por el defensor particular Hugo Gabriel Castañares.
El planteo de la defensa sostenía que la Corte provincial había incurrido en un “excesivo formalismo” al analizar la presentación digital de la queja. Según argumentó el abogado, el escrito había sido firmado digitalmente y presentado dentro del expediente electrónico, cumpliendo —afirmó— con las exigencias previstas en la Acordada 4013/21.
En ese sentido, cuestionó que el tribunal hubiera rechazado la vía directa por considerar que el recurso denegado no contaba con un mecanismo de verificación suficiente para acreditar su autenticidad. También sostuvo que esa interpretación afectó el derecho a la doble instancia y a la revisión de la condena por un tribunal superior.
Sin embargo, la Suprema Corte entendió que la defensa no logró refutar los fundamentos utilizados para declarar inadmisible la presentación original.
Los jueces remarcaron que el eje de la discusión estaba vinculado a cuestiones estrictamente procesales y señalaron que el recurso federal no demostró arbitrariedad ni una vulneración concreta de garantías constitucionales.
Además, indicaron que el defensor tampoco acreditó que la copia digital del recurso local tuviera un mecanismo válido de verificación ni aportó datos que permitieran individualizar correctamente la pieza dentro del sistema informático judicial para su consulta telemática.
En el fallo, la Corte provincial sostuvo que la presentación de la defensa expresó solamente una “opinión divergente” respecto de la interpretación dada al artículo 486 bis del Código Procesal Penal y a las acordadas vinculadas con expedientes digitales.
Finalmente, el tribunal resolvió “denegar el recurso extraordinario federal interpuesto a favor de Luis Oscar Randazzo, por inadmisible”, dejando así firme el rechazo de la queja.
