La Casación rechazó un planteo de una empresa en una causa contravencional que tramitó en el Juzgado de Faltas de Olavarría

El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó que las causas contravencionales no pueden ser revisadas por esa instancia y rechazó un planteo impulsado por una empresa en un expediente tramitado en Olavarría.


El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó un recurso presentado por la firma La Ana Rita Sociedad Anónima en el marco de una causa contravencional tramitada en Olavarría y ratificó que este tipo de expedientes no pueden ser revisados por esa instancia judicial.

La resolución fue dictada por la Sala V del Tribunal de Casación Penal bonaerense, integrada por los jueces Manuel Alberto Bouchoux y María Florencia Budiño.

El planteo había sido impulsado por los abogados defensores Ricardo Adrián Rodríguez y Elian Emmanuel Leiva, quienes cuestionaron una resolución previa de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Azul.

Según surge del fallo, la discusión se originó luego de que el Juzgado de Faltas interviniente negara un recurso de apelación presentado contra una sentencia condenatoria dictada en sede administrativa. Posteriormente, el caso llegó al Juzgado Correccional N°1 de Olavarría y luego a la Cámara de Azul, que rechazó la queja presentada por la empresa.

Ante ese escenario, la defensa intentó abrir la instancia de Casación argumentando que se encontraba afectado el derecho a la doble revisión judicial y las garantías del debido proceso.

Sin embargo, el Tribunal de Casación sostuvo que la legislación bonaerense vigente limita expresamente su competencia en materia contravencional y recordó que, desde la reforma introducida por la Ley 13.812, las Cámaras de Apelación y Garantías actúan como última instancia ordinaria en este tipo de procesos.

En ese sentido, los magistrados remarcaron que los recursos de casación solamente proceden en determinados casos penales específicos y no respecto de causas vinculadas a faltas o contravenciones.

El fallo también citó antecedentes de la Suprema Corte bonaerense que ratifican ese criterio y establecen que los expedientes contravencionales quedaron fuera del ámbito de revisión del Tribunal de Casación Penal.

De esta manera, la Sala V resolvió rechazar la queja presentada por la empresa y confirmó la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto.

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