Confirmaron la elevación a juicio de la causa por un choque fatal en el microcentro de Olavarría


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirmó la elevación a juicio de una causa por homicidio culposo agravado vinculada a un accidente fatal ocurrido en octubre de 2024 en la zona céntrica de Olavarría, en inmediaciones de Necochea casi Rivadavia.

La resolución fue dictada por los jueces Damián Cini, Carlos Pagliere y Gustavo Echevarría, quienes rechazaron un recurso presentado por la defensa de la imputada, que había solicitado el sobreseimiento y cuestionado la decisión adoptada previamente por el Juzgado de Garantías N° 1 de Olavarría.

La causa investiga la muerte de Elida Leticia Antista, quien fue atropellada mientras cruzaba la calle en el sector céntrico de la ciudad.

La defensa sostenía que existían dudas sobre cómo ocurrió el hecho y sobre la atribución de responsabilidad penal. Entre otros puntos, cuestionó la pericia accidentológica incorporada a la causa y afirmó que no estaba acreditado cuál habría sido concretamente la conducta negligente atribuida a la conductora.

También planteó que la víctima no habría cruzado exactamente por la senda peatonal y sostuvo que no se había demostrado que la circulación del vehículo por el sector izquierdo hubiera sido la causa eficiente del impacto.

Sin embargo, la Cámara entendió que los elementos reunidos durante la investigación son suficientes para avanzar hacia la etapa de juicio oral.

En su voto, el juez Cini recordó que en esta instancia del proceso no se exige certeza absoluta sino un grado de probabilidad suficiente para habilitar el debate oral. “Si existe prueba de cargo y otra que la pone en crisis —sin que llegue a anularla de manera incontrastable— la controversia no puede ser resuelta en la etapa de examen de la requisitoria”, sostuvo.

Los camaristas remarcaron además que la discusión profunda sobre las responsabilidades y eventuales contradicciones probatorias debe producirse durante el juicio oral y público. “La duda que emerge de los elementos de convicción recolectados no es definitiva pues cabe la posibilidad de disiparla mediante más y mejores interrogatorios durante el debate oral”, señalaron.

Al analizar el caso concreto, la Cámara consideró que existen elementos suficientes para sostener, con el grado de probabilidad requerido, la hipótesis acusatoria. Entre las pruebas valoradas aparecen el acta de procedimiento, testimonios, registros fílmicos, fotografías, la pericia accidentológica y el informe de autopsia.

Sobre la mecánica del hecho, los jueces afirmaron que la investigación permite inferir que la imputada “en violación al deber de cuidado que la conducción de su vehículo automotor le imponía, embistió con el frente de avance sobre el lado izquierdo a Elida Leticia Antista, quien cruzaba a pie la calle, causándole la muerte”.

La Cámara también rechazó el argumento defensista vinculado a la conducta de la peatona. En ese sentido, sostuvo que, aunque la víctima no hubiera cruzado exactamente sobre la senda peatonal demarcada, lo hizo a escasa distancia de ella, por lo que seguía vigente la prioridad de paso establecida para peatones por la Ley Nacional de Tránsito.

Finalmente, el Tribunal confirmó la resolución dictada por la jueza Fabiana San Román y dispuso que la causa continúe hacia juicio oral bajo la imputación de homicidio culposo agravado por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor.

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