Niegan ‘libertad asistida’ de un olavarriense condenado por abuso sexual
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul resolvió rechazar el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la negativa a conceder la libertad asistida en una causa por abuso sexual simple, por lo que el condenado continuará en la misma condición en la que se encuentra actualmente.

La decisión fue adoptada por los jueces Carlos Paulino Pagliere (h), Gustavo Agustín Echevarría y Damián Pedro Cini, al analizar el planteo contra una resolución del Juzgado de Ejecución Penal Departamental Nº 2 de General Alvear, que había denegado el beneficio solicitado.
El condenado es Javier José Castellino, tal como fue difundido oportunamente por la Asociación Civil ANIMATE tras conocerse la sentencia dictada en la causa. La identificación fue realizada por la entidad en el marco de la difusión pública del fallo.
El condenado es Javier José Castellino, tal como fue difundido oportunamente por la Asociación Civil ANIMATE tras conocerse la sentencia dictada en la causa. La identificación fue realizada por la entidad en el marco de la difusión pública del fallo.
Según surge de las actuaciones, el tribunal dio por cumplido el requisito temporal exigido por la Ley de Ejecución Penal y consignó que el condenado presenta conducta y concepto favorables en el ámbito institucional, sin sanciones disciplinarias, manteniendo una relación adecuada con el personal penitenciario y con otros internos.
Sin embargo, la Cámara consideró determinantes los informes psicológicos y pericias oficiales, en los que se señaló la ausencia de implicación subjetiva respecto del delito, la negación de responsabilidad, la falta de autocrítica y la inexistencia de una demanda sostenida de tratamiento psicológico.
También fue valorado el dictamen del Departamento Técnico Criminológico, que estimó inviable el acceso a la libertad asistida, al advertir la persistencia de indicadores de riesgo para terceros, conforme lo previsto en el artículo 54 de la Ley 24.660.
En ese contexto, el tribunal concluyó que no se encuentran reunidas las condiciones necesarias para autorizar el beneficio solicitado, por lo que resolvió rechazar la apelación y confirmar la resolución de primera instancia, manteniendo la situación actual del condenado.