La Suprema Corte advirtió dificultades para aplicar la nueva ley de ejecución penal juvenil y fijó un esquema transitorio
La nueva norma fue promulgada en diciembre del año pasado y la SCBA emitió esta Resolución en los últimos días. Los detalles.

La Suprema Corte de Justicia bonaerense dictó la Resolución 924/26 y definió cómo se aplicará, en las condiciones actuales, la Ley 15.571 de Ejecución Penal Juvenil, la norma promulgada a fines de 2025 que creó por primera vez en la provincia un régimen específico para la ejecución de condenas y medidas cautelares para adolescentes punibles.
La resolución no modifica la vigencia de la ley, pero sí establece un esquema transitorio ante las dificultades que —según advirtió el máximo tribunal— existen para aplicar plenamente algunos de sus mecanismos en la estructura actual del fuero.
En ese marco, la Corte dispuso que, hasta tanto se creen los Juzgados de Ejecución del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil previstos por la nueva normativa, continuarán siendo competentes para intervenir en la ejecución penal los mismos órganos judiciales que hayan impuesto la medida.
La decisión se vincula con uno de los puntos centrales de la Ley 15.571, que había previsto la creación de juzgados específicos para la etapa de ejecución y salas especializadas en instancias revisoras. Según expuso la Corte, la actual conformación del fuero, las vacancias existentes, la distribución de cargas de trabajo y la situación de departamentos judiciales con órganos únicos dificultan hoy la aplicación del esquema transitorio previsto por la propia ley.
Cómo funcionarán las cámaras
La resolución también regula la intervención de las cámaras penales.
Las Cámaras de Apelación y Garantías con una sola Sala mantendrán los mecanismos actuales para asignar causas del fuero juvenil.
En el resto de las Cámaras y en el Tribunal de Casación Penal se implementará, desde el 1 de junio, un sistema rotativo anual por sorteo para determinar qué Sala asumirá la materia penal juvenil.
La Suprema Corte aclaró además que esas salas seguirán conservando competencia sobre las restantes causas penales y encomendó a la Secretaría de Planificación evaluar adecuaciones para instrumentar la asignación y registración de expedientes.
También dispuso que el Instituto de Estudios Judiciales analice la conveniencia de impulsar capacitaciones para magistrados y funcionarios respecto de las nuevas normas.
El planteo para revisar la normativa
Uno de los puntos más relevantes de la resolución aparece en su artículo 5, donde la Corte resolvió comunicar a los poderes Legislativo y Ejecutivo que evalúen volver a analizar la normativa, al señalar una “imposibilidad concreta de aplicación de la ley en el contexto actual”.
En los fundamentos, además, se menciona el impacto que podría tener la reciente sanción del Régimen Penal Juvenil nacional sobre el escenario bonaerense.
De esta manera, la Suprema Corte mantuvo transitoriamente el esquema vigente para la ejecución penal juvenil, reglamentó aspectos de la nueva ley y, al mismo tiempo, abrió una advertencia institucional sobre las condiciones necesarias para su plena implementación.